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lunes, 17 de febrero de 2014

Retiran la pensión compensatoria a una mujer porque mantiene otra relación

La Audiencia Provincial de Murcia ha ratificado la sentencia del Juzgado de Familia que acordó retirar la pensión compensatoria que recibía una mujer divorciada, al comprobarse, gracias al informe de un detective privado, que mantiene una relación de convivencia con otro hombre.

El Juzgado de Familia de Murcia estimó la demanda presentada por el ex-marido y declaró extinguidas tanto la pensión compensatoria, como las pensiones alimenticiasdesde la fecha de presentación de la misma. 

La sentencia recogía que el seguimiento efectuado por el detective privado había permitido comprobar la existencia de esa nueva relación sentimental, algo que la demandada negaba.

La mujer, al recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial, negó la existencia de una nueva relación estable, por lo que reclamó el mantenimiento de las pensiones.

El tribunal, al desestimar la apelación, confirma la primera sentencia del Juzgado de Familia y señala que los hechos han quedado acreditados con el informe del detective y la declaración de una testigo, que manifestó que la recurrente se lo había presentado como su pareja.

Fuente: ABC



lunes, 13 de enero de 2014

Detectives investigan una posible estafa en un cementerio

Una familia ha denunciado a la empresa propietaria del cementerio privado de Riba-roja «Parque San Jaime» por un presunto delito de estafa y de alzamiento de bienes, alegando que ha entrado en concurso y no ha informado de esta situación a los dueños de las sepulturas, criptas, panteones y otros servicios de los que disfrutan los copropietarios de los terrenos.

La empresa denunciada es propietaria del 99,08% de la finca destinada al cementerio y dueña de otro edificio que contiene la zona de morgue, velatorios, tanatorio, horno crematorio, sacristía, sala confesional, sala de autopsias y cámaras frigoríficas.

La familia denunciante es propietaria de un panteón familiar desde el año 1993 y, ante la falta de conservación visible y apreciable que éste sufría, averiguó que la empresa se encontraba en concurso, seguido en un juzgado de lo Mercantil de Valencia. La familia en cuestión entiende que, ante esta nueva situación, el cementerio queda completamente abandonado, por lo que no se prestarán los servicios contratados, como el mantenimiento general de los jardines e instalaciones, y que, por ese motivo, dar sepultura a un familiar puede ser una tarea complicada. 

Todas estas averiguaciones han salido a la luz después de que la familia denunciante contratara los servicios de una agencia de detectives que se personó en el camposanto. Una empleada del cementerio facilitó todos los servicios que éste prestaba con total normalidad sin mencionar, en ningún momento, el estado real y actual de la empresa. Ante estas declaraciones, la familia entiende que estos hechos pueden incluir un delito de estafa y de ahí que hayan decidido denunciar el grave perjuicio que estos hechos pueden ocasionar a las demás personas que en su día contrataron los servicios de este cementerio.


Fuente: Levante-EMV

miércoles, 18 de diciembre de 2013

Detectives privados en casos de secuestro parental

La inmigración ha traído consigo un notable incremento de los casos de sustracción de menores por parte de uno de sus progenitores.
 
En función del país del que se trate, las herramientas para reclamar la devolución del menor difieren. Cuando se trata de Europa, la tarea puede parecer más sencilla porque se involucra la Interpol pero, aún así, hay padres que contratan detectives privados para localizar a sus hijos.
 
Una vez localizados, el ciudadano debe acudir al Ministerio de Justicia para solicitar que abra un proceso de restitución de los menores. Aunque, en teoría, si una persona tiene la custodia del menor por resolución judicial, la justicia del otro país no tendría por qué poner problemas, la realidad no es esa.
 
Para evitar estas situaciones, cada vez son más los jueces que, de oficio, ante la sospecha de que uno de los progenitores tiene la intención de abandonar el país, dictan medidas cautelares para impedirlo, como prohibir la expedición de pasaportes a los menores o, directamente, fijar la prohibición de que abandonen el territorio nacional, medidas que suelen solicitar también los afectados en los procedimientos civiles de divorcio, separación o de medidas paterno filiales.
 
En España, la sustracción de menores por parte de los progenitores está tipificada en el Código Penal (artículo 225 bis) y castigada con pena de prisión de dos a cuatro años e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad por tiempo de cuatro a diez años.
 
Fuente: Europa Press
 
 

miércoles, 11 de diciembre de 2013

Las investigaciones de infidelidades aumentan con las cenas de empresa navideñas

Muchas encuestas confirman que las cenas de empresa en época navideña son escenarios propicios para una infidelidad.
 
En estos ámbitos festivos, coincidimos con personas a las que vemos cada día, pero en un contexto diferente. Tendemos a desinhibirnos y a querer liberar deseos que en el trabajo tratamos de ocultar, nos relajamos y olvidamos las medidas de prudencia que solemos seguir. El exceso de copas suele hacer el resto.
 
No es extraño, por tanto, que una de las investigaciones más contratadas estos días en las agencias de detectives sea la de las cenas de empresa. La intención es pillar “in fraganti” al presunto infiel.
 
Una vez cometida la infidelidad, el gran dilema es confesar o no. La culpa es una de las emociones más molestas e incómodas de llevar y resulta liberador deshacerse de la ansiedad que produce el ocultarla, pero hay que tener en cuenta que la herida interna que la infidelidad produce puede que no se cure jamás del todo.
 
Tras una infidelidad es muy importante dar tiempo y tener paciencia con la persona afectada, pues se trata de una herida infligida en la autoestima. El descenso de la confianza es drástico y la recuperación de la misma es un camino lento.
 
 
 

lunes, 25 de noviembre de 2013

La estrecha colaboración entre detectives y abogados

Las medidas aprobadas en un convenio regulador no son para toda la vida. Por ello, si se diesen cambios sustanciales en la capacidad económica de los cónyuges, se podrá proceder a instar una modificación de medidas mediante la interposición de una demanda en el juzgado donde se tramitó el divorcio. En este proceso, las pruebas que puede aportar un detective privado son fundamentales.
 
Cuando se establece la pensión alimenticia, se tienen en cuenta los ingresos del progenitor que va a permanecer conviviendo con los hijos y se señala una proporción entre los ingresos de ambos necesaria para cubrir las necesidades. Dicha proporción puede alterarse cuando aumentan o disminuyen las rentas del progenitor custodio. Si la alteración producida supone una variación sustancial, puede dar lugar a la revisión de la proporcionalidad originaria.
 
Las situaciones de incremento de ingresos del cónyuge que convive habitualmente con los hijos que pueden tener lugar son:

Su acceso a un puesto de trabajo. Con la obtención de estos ingresos, la pensión alimenticia debe revisarse para que guarde la proporcionalidad exigida en los artículos 146 y 147 del Código Civil.

- Incremento sustancial de sus ingresos de trabajo. Es necesario que se acredite fehacientemente dicha circunstancia para que la pensión alimenticia sea objeto de revisión. Es decir, que de la nueva situación se derive una falta de proporcionalidad entre los dos progenitores.
 
En ambos casos, tras la observación y el seguimiento del ex-cónyuge, el detective obtendrá las pruebas gráficas y documentales necesarias que verifiquen las sospechas del otro progenitor. El informe aportado será ratificado judicialmente si fuera preciso por el detective que lo realizó.
 

miércoles, 20 de noviembre de 2013

Detectives privados para acabar con los robos en grandes almacenes

El uso de detectives privados parece ser la solución para acabar con los robos en grandes almacenes en España.
 
El aumento de los casos de hurtos dentro de las empresas lleva, sobre todo a los grandes almacenes de la distribución en España, a contratar a especialistas en investigación privada para acabar con el elevado nivel de pérdidas económicas que les genera la desaparición de productos por culpa de robos.
 
El recurso a los detectives privados se produce tras indagaciones internas infructuosas. Los directores de seguridad, de acuerdo con la dirección de la compañía, son los que proponen la contratación de detectives privados para que se infiltren dentro de la empresa y su integración se realiza con el máximo secretismo y discreción, incluso entre los directivos.
 
Su misión principal es investigar un posible hecho ilícito que determine la existencia de robos en la compañía, ya sea de forma esporádica o por asociación ilícita de parte del personal empleado con ‘cómplices’ externos.
 
Para realizar este trabajo, que suele alargarse durante más de seis meses, el detective se apoya en la utilización de cámaras ocultas y la realización de seguimientos.
 
Las pruebas recopiladas por el detective privado para que la investigación sea considerada un éxito son aquellas que involucran directamente a los empleados que han cometido el robo.
 
Fuente: ECD
 
 

lunes, 11 de noviembre de 2013

Detectives para desenmascarar divorcios de conveniencia

Aunque el inicio de la crisis frenó los divorcios ante un futuro incierto, actualmente los expertos están comprobando que el deterioro de las situaciones económicas y familiares provoca que "las familias se rompan".
 
Los despachos de abogados y detectives privados empiezan también a detectar los llamados "divorcios de conveniencia", en los que matrimonios, generalmente casados en bienes gananciales, se separan para dejar en manos de una parte de la pareja esos bienes antes de que, por deudas y posibles embargos, acaben por perderlo todo.
 
También comienzan a manifestarse casos extremos en los que algunas parejas, para salvar sus bienes acuciados por la crisis, un paso antes de plantearse la separación formal, acuden al abogado para realizar la separación de bienes. Se trata, igualmente, de evitar embargos y que las deudas alcancen a todos los bienes de la pareja.
 
En el caso de los "divorcios de conveniencia", para perseguir estas tretas, es posible contratar los servicios de detectives con el fin de desenmascarar las separaciones de quienes, en realidad, siguen durmiendo bajo el mismo techo.
 
Fuente: eldiario.es
 
 

viernes, 18 de octubre de 2013

Detectives para destapar fraudes a las compañías aseguradoras

Las denuncias falsas que en estos últimos años han proliferado con el único objetivo de estafar alguna suma de dinero a las compañías aseguradoras centran el acto del robo en diferentes objetos, a cuál más diverso dependiendo de la picaresca y el gracejo de los denunciantes.

Los empleados de las aseguradoras han visto de todo y su capacidad de sorpresa es cada vez más limitada. Hay casos en los que se coge rápidamente al defraudador, pero en otros es necesario contratar a detectives privados para comprobar si es cierto lo que se reclama: un falso ciego al que pillaron conduciendo un coche; una persona supuestamente parapléjica y con síndrome depresivo que les pedía una elevada indemnización pero que conducía, recogía a su novia, se la llevaba a la discoteca, bebía y bailaba...
 
Especialmente llamativo resulta el caso de un camionero murciano, pero residente en Francia, que fingió su muerte con varias compañías y cobró de todas. Sin embargo, no contento con eso, con algunas de ellas en lugar de fallecimiento simuló un accidente de camión en Francia, que supuestamente le había dejado tetrapléjico. Hasta presentó informes de Hospital Americano de París y un atestado de tráfico, supuestamente redactado por la Gendarmería con todas las señas y acreditaciones posibles.

Todos los de intentos de fraude son curiosos y, aunque a priori muchos de ellos puedan parecer iguales, en el fondo todos son distintos.
 
Fuente: malagahoy.es
 

viernes, 11 de octubre de 2013

El papel del detective privado como Mystery Shopper

Las investigaciones realizadas por detectives privados relacionadas con Mystery Shopper han aumentando en los últimos años.

El Mystery Shopper es el personal especializado en realizar un estudio del cumplimiento de las normas corporativas de cualquier negocio de cara al público.
 
Solicitar este tipo de servicios a detectives privados conlleva una serie de ventajas, tales como su objetividad, la información relevante complementaria que aportan, y la utilización de cámara oculta que permite comprobar al cliente por sí mismo cómo se encuentra la empresa, pudiendo observar el estado del establecimiento y ver cómo es atendido el detective. Además, si se verificase la existencia de una práctica fraudulenta que requiriese ratificación judicial posterior, sólo un detective privado podría hacerlo.
 
La contratación de los servicios de Mystery Shopper depende, en la mayoría de las ocasiones, del Departamento de Marketing, aunque también del de Recursos Humanos y de Seguridad. Todos ellos solicitan a los detectives la verificación –ante la presencia de indicios- de prácticas fraudulentas por parte de algunos empleados.

Estas investigaciones no sólo son útiles para el Departamento de Marketing -que verifica cómo se encuentra el local y cómo es atendido-, sino que también lo es para el de RR.HH, que obtiene información muy útil en relación con la formación de los empleados. Al Departamento de Seguridad se le aporta información sobre hurtos y robos que luego, por ser detectives, pueden ratificar en un procedimiento judicial en calidad de testigos cualificados.
 
Los sectores más proclives a contratar este tipo de investigaciones son las cadenas de restaurantes de comida rápida,  gasolineras, tiendas de moda y concesionarios de coches. En general, todas las empresas con establecimientos al público y que quieran dar un valor añadido a sus normas de identidad.
 

jueves, 3 de octubre de 2013

Detectives para probar fraudes en la escolarización

La Delegación de Educación de Granada ha concluido ya el proceso de resolución de las reclamaciones por posible fraude en la escolarización.
 
Se trata de un proceso habitual cada año que tiende a dar respuesta a las denuncias de los padres que, tras recurrir a detectives privados que corroboran sus sospechas, alertan sobre las mentiras de otros en los domicilios de residencia para conseguir una plaza en un colegio determinado.
 
Este inicio de curso, un total de 39 alumnos granadinos han perdido los derechos de prioridad en la elección de centro, 28 de los cuales han debido cambiar de colegio al demostrarse fraude o falsedad documental en las solicitudes de admisión a centros sostenidos con fondos públicos. La mayoría de las denuncias se han producido en el acceso a la educación Infantil de 3 años. 

La Delegación ha recibido este año un total de 24 reclamaciones por fraude en el domicilio, que han requerido que 137 casos sean investigados.
 
 
Fuente: europapress.es
 
 

lunes, 30 de septiembre de 2013

Detectives contratados por empleados para probar los abusos a los que les someten sus empresas

La labor de un detective privado es probar hechos, obtener pruebas que confirmen aquello que el cliente cree saber, pero necesita conocer con certeza y demostrar.
 
Actualmente es muy difícil controlar los fraudes y desenmascarar a las personas que hay tras ellos, ya que el perfil del defraudador ha cambiado mucho en los últimos años: cada vez es más listo, consciente de lo que puede o no hacer, y cuidadoso. Además, tanto directivos como empleados defraudan en sus empresas, por lo que no puede hacerse una diferenciación entre estamentos.
 
Durante la campaña veraniega aumenta el fraude laboral en la hostelería, pero la tendencia hoy en día empieza a ser la contratación de detectives por parte de los trabajadores, con el fin de probar los abusos a los que les someten sus empresas. El detective privado, como en otros tipos de fraudes, es una pieza fundamental a la hora de corroborar el fraude laboral.
 
 
Fuente: salamanca24horas.com
 
 

martes, 24 de septiembre de 2013

La Justicia avala usar detectives privados ante bajas laborales sospechosas

El uso de detectives privados para descubrir a empleados mentirosos tiene respaldo judicial. Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid avala que la empresa Altadis contratara a uno de estos profesionales ante las sospechas de que la baja médica de uno de sus trabajadores era falsa.
 
El empleado fue pillado mientras realizaba en el jardín de su casa tareas de albañilería y bricolaje para las cuales utilizaba y cargaba herramientas, iba y venía conduciendo su coche, y llevaba bolsas con compras en ambas manos, a pesar de que su supuesta lesión era en un brazo.
 
Tanto el juzgado de instancia como el TSJ avalaron su despido procedente, rechazando los razonamientos del trabajador sobre violación del derecho fundamental a la intimidad o uso excesivo de las facultades empresariales de vigilancia y control de los trabajadores.
 
El TSJ insiste en que la medida está justificada y señala que el informe de la agencia de investigación sirve de prueba incriminatoria. Recuerda que, aun cuando los trabajadores tienen los mismos derechos fundamentales que el resto de ciudadanos, "el marco de la relación laboral determina que los términos de dicho reconocimiento sea más restrictivo" en favor del ejercicio de las "facultades empresariales que derivan del mismo contrato de trabajo y de la libertad de empresa entre las que se encuentran la organización del trabajo, el control de su cumplimiento y, en su caso, la sanción por los incumplimientos".
 
Eso sí, advierte de que los detectives "no podrán realizar investigaciones sobre delitos perseguibles de oficio, ni utilizar medios materiales o técnicos que atenten contra el derecho al honor, a la intimidad personal o familiar o a la propia imagen o al secreto de las comunicaciones". Además, "están obligados a guardar riguroso secreto y sólo pueden facilitar datos a quien les contrata y a los órganos judiciales y policiales competentes".
 
Fuente: Expansión.com
 
 

martes, 17 de septiembre de 2013

Algunos motivos para que un padre contrate a un detective privado que siga a su hijo

La opción de contratar un detective privado que siga a un hijo puede parecer exagerada, pero a veces es una manera óptima de empezar a solucionar un problema familiar en sus inicios.
 
La información que, de forma lícita, puede aportar un detective privado es fundamental a la hora de buscar soluciones lo antes posible.
 
Algunos motivos para contratar a un detective son:
 
1. Cuando la conducta de los hijos menores de edad, voluntaria o involuntaria, puede traer consecuencias graves a los padres por tener que responder con el patrimonio familiar, por su responsabilidad civil subsidiaria.

2. Cuando abandonan la casa sin dar ninguna explicación.
 
3. Cuando sufren un grave acoso escolar o "bullying"por parte de sus compañeros.

4. Cuando tienen huellas de haber recibido malos tratos, físicos o mentales

5. Cuando dan respuestas incongruentes, evasivas o mantienen profundos silencios sobre signos externos que denotan violencia activa o pasiva, consumo o tráfico de drogas, alcohol, etc. 

6. Cuando aparecen signos de depresión y trastornos emocionales producidos por causas exógenas indeterminadas.

7. Cuando faltan reiterativamente a la escuela sin ninguna justificación, falsifican las notas de asistencia y los resultados escolares.

8. Cuando se han metido o están al borde de meterse en problemas que tengan repercusiones de responsabilidad civil, penal o económica.

9. Cuando sufren un cambio brusco en su relación y comunicación familiar, de amistades o de estudios.

10. Cuando aparecen síntomas de trastornos en su físico y en la alimentación, producidos por la anorexia, bulimia, etc.


Fuente: ABC

 

martes, 3 de septiembre de 2013

Extinción de la pensión compensatoria por matrimonio o convivencia marital

La convivencia marital o matrimonio con otra persona del receptor de la pensión compensatoria es causa legal para que ésta se extinga de forma automática una vez demostrada su existencia, con independencia que se haya superado o no el desequilibrio que se originó en el momento de la separación o divorcio.
 
En el caso de la existencia de matrimonio, la situación es fácilmente acreditable con la certificación del matrimonio obtenida del Registro Civil.
 
Si existiera una unión de hecho, en cualquiera de las formas previstas en las distintas leyes de uniones de hecho, para extinguir la pensión compensatoria basta acreditar dicha unión mediante el correspondiente certificado emitido por el registro de uniones de hecho que corresponda. Con esto se consideraría probada la convivencia marital.
 
Si nos encontramos con  una convivencia marital del receptor de la pensión con un tercero, para la extinción de pensión compensatoria el ex-cónyuge obligado a la misma tendría que acreditar y probar que la relación entre el receptor de la pensión y su nueva pareja es habitual, permanente y estable en el tiempo, quedando fuera de las mismas las relaciones esporádicas  u ocasionales. En estos casos, para que se extinga la prestación se ha de recurrir a pruebas indirectas, en especial la de presunciones, y a informes de detectives, cada vez más demandados éstos para asuntos matrimoniales y de familia. La prueba irá dirigida tanto a constatar la situación, como al momento en que se inició, ya que se retrotraen los efectos extintivos de la pensión.
 
Son signos que evidencian que existe convivencia marital:
 
- La pernocta de un tercero de forma habitual en el domicilio del que percibe la pensión.
- Disponer de llave de la vivienda, garaje y hacer uso del mismo.
- El empadronamiento de ambos en el mismo domicilio.
- La adquisición de bienes en común.
- Recibir correspondencia en el mismo domicilio que el perceptor de la pensión.
- Tener cuentas corrientes conjuntas.
 
Para que se pudiera extinguir la prestación de la pensión compensatoria se tendría que acreditar, por tanto, que se asumen los roles habituales propios de un grupo familiar.
 
Una vez obtenida las pruebas correspondientes, se puede iniciar el procedimiento de modificación de medidas a los efectos de la extinción de la obligación de abonar la pensión compensatoria al ex-cónyuge.
 
 
 
 

martes, 20 de agosto de 2013

La actividad en las redes sociales como causa de despido

Facebook, Twitter, Tuenti, Flickr, Instagram, Linkedin... Son redes sociales a las que nos hemos habituado en los últimos años y que ya forman parte de nuestras vidas. A través de ellas hablamos de los que nos preocupa, de lo que pensamos, acercamos nuestra vida a la personas que nos importan... Pero también, y en la mayoría de los casos de forma inconsciente, hacemos partícipes de nuestra privacidad a las empresas para las que trabajamos.
 
El análisis de esta cuestión se centra en tres grandes puntos:
  • Los despidos disciplinarios que tienen su origen en que el trabajador dedica la jornada laboral, en su totalidad o parcialmente, a navegar en las redes sociales en lugar de ejecutar las tareas encomendadas. 
  • Los despidos disciplinarios que se derivan de comentarios vertidos en las redes sociales.
  • Los despidos disciplinarios que se derivan de que la empresa obtiene en las redes sociales información del trabajador que supone una quiebra de la buena fe contractual por parte de éste.
 
Actualmente, la utilización empresarial de la vida pública del trabajador compartida en las redes sociales es lo que está generando un mayor número de despidos disciplinarios, fundamentalmente cuando el empleado se encuentra en situación de Incapacidad Temporal. En este sentido cabe citar, por ejemplo, la reciente Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de junio del 2013 que declara procedente el despido de una trabajadora que, al día siguiente de iniciar un proceso de incapacidad temporal, viajó a Madrid en avión y estuvo con unas amigas en un parque de atracciones, tal y como acreditaba un reportaje fotográfico que ella misma colgó en Facebook. Sometida también a vigilancia por parte de un detective privado, se comprobó que la trabajadora salió varios días de bares y a bailar hasta altas horas de la madrugada, con lo que resulta indiscutible que su estado de salud revelaba una evidente aptitud laboral para el desempeño de los cometidos propios de su profesión de camarera, dado que la baja se había iniciado por una supuesta contractura cervical.
 
 


jueves, 1 de agosto de 2013

Condenada por incumplir el régimen de visitas decretado por el juez

Una mujer, a la que un juez otorgó la guarda y custodia de sus dos hijos menores de edad en octubre de 2010, ha sido condenada por decimocuarta vez por no llevar a sus hijos al punto de encuentro familiar establecido legalmente para permitir la comunicación con su ex-pareja y padre de los niños, tal y como han demostrado en reiteradas ocasiones los detectives contratados por el padre a tal efecto.
 
En la sentencia, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial rechaza el recurso interpuesto por la mujer contra el fallo del Juzgado de Instrucción número 12 que la condenó a pagar una multa de 120 euros por no presentarse con sus hijos el 2 de junio de 2012 en el punto de encuentro fijado por resolución judicial, impidiendo así ejercer su derecho de visita al padre.
 
Según la juez, la madre ha imposibilitado e incumplido la obligación familiar consistente en posibilitar el régimen de comunicación y visitas de los menores con el padre sin motivo legítimo debidamente justificado.
 
La mujer, que ha sido absuelta en dos ocasiones, cuenta con otras 12 sentencias condenatorias dictadas por distintos juzgados de Instrucción y por la Audiencia Provincial de Sevilla, que han considerado que la condenada incumplió el régimen de visitas fijado.
 
Fuente: ELMUNDO.es
 
 

jueves, 25 de julio de 2013

Encuentran al resto de sus hermanas gracias a la intervención de detectives privados

Los lazos de sangre y la ayuda de un equipo de detectives han conseguido unir a unas hermanas que fueron separadas hace más de 20 años. Sus vidas siguieron caminos diferentes desde que nacieron, ya que tres de ellas fueron dadas en adopción a una mujer residente en Murcia, y otras dos, mellizas, fueron a parar a una familia de Cartagena.
 
Por ambos lados han intentado encontrarse. Por un lado, las niñas que residieron en Murcia siguieron teniendo contacto con su madre biológica, que les confesó la existencia de sus hermanas. Por otra parte, las hermanas cartageneras conocieron de su adopción y se interesaron por si no eran las únicas niñas dadas en adopción por la misma persona.
 
La familia se dividió entre los Ortín (Murcia) y los Patiño (Cartagena). Los intentos de María José Ortín por encontrar al resto de su familia se vieron reflejados en múltiples llamadas telefónicas e incluso apareciendo en el conocido programa 'El Diario de Patricia'. Mientras, las hermanas Patiño contrataron a un equipo de abogados que, con la ayuda de detectives, han sido finalmente los que han podido resolver el asunto.
 
Las hermanas se conocen por fin tras los intentos y el deseo común que han compartido pese a la distancia y la falta de datos que pudieran ayudarles a reencontrarse.
 
Fuente: laverdad.es
 
 

domingo, 7 de julio de 2013

Espiar en la vida real... ¿Dónde están los límites legales?

La tecnología avanza y, con ella, cada vez tenemos a nuestro alcance técnicas más sofisticadas sin necesidad de que tengamos que ser profesionales para acceder a ellas. Pero esto también conlleva un riesgo evidente: el de que estemos cometiendo un delito.
 
Analizamos a continuación algunas preguntas clave para conocer dónde están los límites en este contexto:
 
¿Es legal contratar a un detective privado para espiar a mi pareja?
 
Sí, se puede contratar a un detective privado para este tipo de investigaciones. Y el material que se obtiene se puede emplear posteriormente en un proceso judicial.
 
El fundamento legal de esta actividad viene recogido en el artículo 19 de la Ley de Seguridad Privada, en la que se explica que los detectives privados, a solicitud de personas físicas o jurídicas, se encargarán de: « (...) obtener y aportar información y pruebas sobre conductas o hechos privados, de la investigación de delitos perseguibles sólo a distancia por encargo de los legitimados en el proceso penal o de la vigilancia en ferias, hoteles, exposiciones o ámbitos análogos (…)».
 
¿Es legal coger el móvil de mi pareja y ver con quién se "whatssapea"?
 
No, es delito. Y la persona que sea víctima de ello puede denunciarlo.
 
Así viene determinado en el artículo 197 del Código Penal, según el cual «descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento (…), será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses».
 
¿Mi empresa puede leer mis correos electrónicos sin mi permiso? ¿Qué puedo hacer si descubro que los están leyendo?
 
Si la empresa no lo ha comunicado previamente, es ilegal. En el caso de que no lo haya hecho y descubrimos que es así, tenemos derecho a poner una denuncia por violación del derecho al honor, a la privacidad y a la intimidad.
 
¿Mi empresa puede utilizar mis correos electrónicos como prueba para despedirme?
 
Sí, partiendo de la pregunta anterior. Es algo a lo que la empresa tiene derecho puesto que se está accediendo al correo desde un puesto de trabajo. Es decir, en el caso de que sea el correo corporativo, éste no se puede usar para fines personales. Por tanto, si accedemos al correo personal desde nuestro trabajo, la empresa puede emplearlo como prueba de que hemos usado el tiempo en otra cosa que no es el trabajo.
 
¿Me pueden grabar en una tienda? ¿Es legal colocar cámaras de seguridad en un comercio? ¿Y en un probador?
 
En una tienda, en un comercio o centro comercial, sí, indicándolo a través de algún distintivo. Estos lugares son sitios públicos y con la videovigilancia lo que se persigue es garantizar la seguridad de los bienes y las personas, o se usan en entornos empresariales con la finalidad de verificar el cumplimiento por parte del trabajador de sus obligaciones y deberes laborales. Ambas finalidades, tal y como aparece recogido en la "Guía de Videovigilancia de la Agencia Española de Protección de Datos", constituyen bienes valiosos dignos de protección jurídica, pero sometidos al cumplimiento de ciertas condiciones.
 
Entre las excepciones está el hecho de grabar en un probador, puesto que ése sí es un espacio íntimo y personal, protegido por el derecho a la intimidad.
 
¿Si alguien me llama, tiene derecho a grabar la conversación sin avisarme previamente?
 
Sí, siempre que el que grabe la conversación participe en ella. Esto está por encima del contenido de la grabación. Si no participa, si graba la conversación entre otras personas, entonces es ilegal.
 
¿Es legal que al llamar a mi banco, por ejemplo, me digan que mi llamada puede ser grabada?
 
Sí, es legal.
 
Fuente: ABC.es