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lunes, 20 de enero de 2014

¿Pueden los detectives privados investigar bajas laborales sospechosas?

Si bien las bajas médicas solicitadas por los empleados suelen corresponder a razones legítimas, como enfermedades comunes o accidentes, en algunos casos la empresa puede detectar un comportamiento sospechoso bajo el que podría estar escondiéndose un fraude.

Las pruebas aportadas por detectives privados son consideradas válidas ante la justicia siempre que no se vulnere el derecho a la intimidad, al honor, a la propia imagen o al secreto de las comunicaciones. De esta manera, la empresa puede ejercer las facultades reconocidas en el contrato de trabajo, incluyendo la organización del trabajo y su cumplimiento. Así, está habilitada para sancionar aquellos comportamientos que resulten contrarios a sus objetivos y, para lograrlo, es imprescindible que pueda controlar los comportamientos posiblemente perjudiciales, dentro de lo razonable.

En cualquier caso, los detectives no podrán utilizar medios que atenten contra el honor del empleado ni contra sus derechos fundamentales. Grabaciones realizadas en la vía pública serían válidas, pero no la colocación de cámaras dentro del domicilio, por ejemplo.


Fuente: www.actibva.com


martes, 22 de octubre de 2013

Detectives privados en casos de incapacidad laboral temporal

La justicia avala el despido procedente de una trabajadora -camarera- que, tras iniciar una baja por incapacidad temporal debido a enfermedad común -lesión cervical-, viajó al día siguiente a Madrid y colgó fotos en diversos lugares de la ciudad, entre ellos un parque de atracciones, en su perfil de la red social Facebook.
 
La empresa para la que trabajaba descubrió las fotos y contrató a un detective privado, el cual constató que la trabajadora llevaba una vida completamente normal, viajando y saliendo hasta altas horas de la noche por zonas de bares.
 
Tanto el Juzgado de lo Social como el Tribunal Superior de Justicia entienden que el despido es procedente.
 
Aunque se podría plantear la posible violación del derecho a la intimidad personal consagrado en el art. 18.1 CE, la Sala entiende que no se ha  vulnerado ya que las fotografías se obtuvieron sin necesidad de utilizar clave ni contraseña, dado que su perfil no estaba limitado al acceso  público. Se obtuvieron libremente, con lo que no hay una intromisión en la intimidad de la trabajadora. Además, ésta aparece en las instalaciones de un parque de atracciones de Madrid, por lo tanto, en un lugar público.
 
Otra cuestión planteada es cuándo es encuadrable  en la transgresión de la buena fe el realizar actividades durante el periodo de baja por incapacidad temporal.  En estos casos, hay que analizar tanto el motivo de la  baja, como el  tratamiento para la recuperación  y las actividades realizadas. En esta ocasión, la trabajadora, al día siguiente de iniciar la baja, viajó a Madrid  y estuvo en un parque de atracciones con unas amigas, para después trasladase a distintos bares hasta altas horas de la madrugada, hecho que fue constatado por un detective privado. Efectuó actividades que evidencian una clara aptitud para el trabajo por lo que, o no precisaba baja laboral, o retrasó su recuperación.
 
Fuente: laboral-social.com
 
 

martes, 24 de septiembre de 2013

La Justicia avala usar detectives privados ante bajas laborales sospechosas

El uso de detectives privados para descubrir a empleados mentirosos tiene respaldo judicial. Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid avala que la empresa Altadis contratara a uno de estos profesionales ante las sospechas de que la baja médica de uno de sus trabajadores era falsa.
 
El empleado fue pillado mientras realizaba en el jardín de su casa tareas de albañilería y bricolaje para las cuales utilizaba y cargaba herramientas, iba y venía conduciendo su coche, y llevaba bolsas con compras en ambas manos, a pesar de que su supuesta lesión era en un brazo.
 
Tanto el juzgado de instancia como el TSJ avalaron su despido procedente, rechazando los razonamientos del trabajador sobre violación del derecho fundamental a la intimidad o uso excesivo de las facultades empresariales de vigilancia y control de los trabajadores.
 
El TSJ insiste en que la medida está justificada y señala que el informe de la agencia de investigación sirve de prueba incriminatoria. Recuerda que, aun cuando los trabajadores tienen los mismos derechos fundamentales que el resto de ciudadanos, "el marco de la relación laboral determina que los términos de dicho reconocimiento sea más restrictivo" en favor del ejercicio de las "facultades empresariales que derivan del mismo contrato de trabajo y de la libertad de empresa entre las que se encuentran la organización del trabajo, el control de su cumplimiento y, en su caso, la sanción por los incumplimientos".
 
Eso sí, advierte de que los detectives "no podrán realizar investigaciones sobre delitos perseguibles de oficio, ni utilizar medios materiales o técnicos que atenten contra el derecho al honor, a la intimidad personal o familiar o a la propia imagen o al secreto de las comunicaciones". Además, "están obligados a guardar riguroso secreto y sólo pueden facilitar datos a quien les contrata y a los órganos judiciales y policiales competentes".
 
Fuente: Expansión.com
 
 

martes, 2 de julio de 2013

Absuelta la empresa que despidió a un empleado por trabajar a escondidas mientras estaba de baja

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares ha absuelto a una empresa de transportes por despedir a uno de sus empleados al descubrir que, mientras estaba de baja por ansiedad, estaba trabajando en la tienda de artículos de bebé propiedad de su mujer y su cuñado.
 
El Tribunal estima así el recurso de súplica que presentó la empresa después de haber sido condenada por despido improcedente por el Juzgado de lo Social número 4 de Palma y revoca dicha sentencia que obligaba a la compañía a readmitir al trabajador e indemnizarle, o bien a pagarle unos 14.900 euros.
 
Los hechos a los que se refiere la sentencia ocurrieron en noviembre de 2010, un mes después de que el conductor de una empresa de transportes causara baja médica por incapacidad temporal a causa de un trastorno de ansiedad que requería medicación.
 
La empresa contrató a un detective privado, que realizó un seguimiento de dicho trabajador durante tres días y descubrió que el hombre atendía a los clientes de la tienda de artículos de bebé que regentaban su mujer y su cuñado, ordenaba los archivos del establecimiento y ayudó a transportar muebles vendidos en la tienda a una cliente.
 
La Sala de lo Social del Tribunal considera probado que el hombre actuó como dependiente de la tienda de su esposa, situación que considera una "grave transgresión de la buena fe contractual", aunque esto se averiguara mediante un detective privado que se hizo pasar por cliente.
 
El Tribunal remarca que las averiguaciones del detective indican que el hombre trabajó al menos durante tres días consecutivos del mes de noviembre de 2010 en distintas tareas, de manera que "aprovechó su situación de baja para ayudar a su esposa en la llevanza de la tienda de la que esta es titular". Considera la Sala que los hechos demuestran que el trastorno de ansiedad por el que el trabajador fue dado de baja "no tenían la entidad suficiente para impedir el normal desarrollo de su actividad laboral" ya que pudo "ordenar archivadores, atender a la clientela informando sobre los productos de la tienda o sus precios o transportar el mobiliario adquirido por una clienta".
 
Fuente: ABC.es

viernes, 20 de enero de 2012

Detectives privados graban los engaños de empleados con enfermedades inventadas