
El Juzgado de Familia de Murcia estimó la demanda presentada por el ex-marido y declaró extinguidas tanto la pensión compensatoria, como las pensiones alimenticias, desde la fecha de presentación de la misma.
La sentencia recogía que el seguimiento efectuado por el detective privado había permitido comprobar la existencia de esa nueva relación sentimental, algo que la demandada negaba.
La mujer, al recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial, negó la existencia de una nueva relación estable, por lo que reclamó el mantenimiento de las pensiones.
El tribunal, al desestimar la apelación, confirma la primera sentencia del Juzgado de Familia y señala que los hechos han quedado acreditados con el informe del detective y la declaración de una testigo, que manifestó que la recurrente se lo había presentado como su pareja.
Fuente: ABC
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