DETECTIVES MADRID, AGENCIA DE DETECTIVES EN MADRID


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Servicios de Axira Detectives, Detectives privados en Madrid

martes, 22 de septiembre de 2015

Detectives privados para investigar la comercialización de perfumes equivalentes usando marcas ajenas

En los últimos años, ha habido un intenso debate sobre la comercialización de perfumes equivalentes en su olor a los de marcas notorias o renombradas. 

Una sentencia reciente, de 14 de enero de 2015, resuelve determinados aspectos respecto a los hechos que en ella se describen. Los demandantes, titulares de marcas de perfumes que la propia sentencia declara notorias, consideran que infringen sus marcas registradas:

- La existencia de listados de equivalencias.

- Frases consignadas en los productos, tales como "Si te gustó ... [marca notoria], prueba ... [perfume equivalente]".

Los listados de equivalencia son listados de perfumes que el fabricante de los mismos facilita a su distribuidor para que sepa cuál es la fragancia y marca propia asociada a la marca notoria.

En este caso, los demandados alegaron que estos listados de equivalencias eran de uso interno, entre el fabricante y el distribuidor, pero no están expuestos en las tiendas ni se facilitan a los consumidores, por lo que no trascienden al mercado.

En la sentencia, el Juzgado entiende, con apoyo en varias conocidas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que "el uso en el tráfico económico debe entenderse como aquel que se realiza en el marco de una actividad comercial con ánimo de lucro y al margen de la esfera privada", por lo que concluye que, teniendo los demandados evidente ánimo de lucro y al margen de la esfera privada, estos listados de equivalencias no lleguen al consumidor final. En todo caso, en la sentencia se hace alusión a informes de detectives privados que acreditaban que en ocasiones se facilitaban o exhibían estos listados de equivalencias a los propios clientes.

En cuanto a las frases en que se citan las dos marcas, los demandados alegaron las limitaciones del derecho de marca, y en especial la necesidad de citar la marca notoria con fines "descriptivos". Sin embargo, la sentencia concluye que, aun
 siendo conveniente incluir una referencia sobre la equivalencia a fin de que el consumidor pueda elegir el perfume que desee sin llegar a probarlo, ello no implica que sea necesario, pues existen otras formas de comercializar el producto sin necesidad de referirse a una marca notoria ajena. 

Asimismo, la sentencia afirma que, aunque decir que un producto se parece a otro tiene naturaleza descriptiva, "penetra en el ámbito del aprovechamiento del prestigio, notoriedad y calidad" de la marca para que el producto equivalente sea más competitivo, ya que al citar la marca notoria se le hace ver al consumidor que está eligiendo un aroma que ha sido seleccionado por los diseñadores de las marcas más prestigiosas.

Por ello, la sentencia considera que existe infracción de dichas marcas y condena a los demandados al cese en el uso tanto de los listados de equivalencia, como de las frases alusivas a las marcas notorias. Considera que, a pesar de que no hay riesgo de confusión, el consumidor, al contemplar el uso que hacen los demandados, efectuará un vínculo entre dicho uso y los perfumes de las marcas notorias, lo cual unido al aprovechamiento indebido de la reputación de dichas marcas que ello supone, produce como consecuencia la infracción del artículo 9.1 c) del Reglamento de la Marca Comunitaria, 207/2009. Asimismo, también se condena a los demandados por infracción del artículo 9.1. a), es decir, identidad de marcas y de productos, y por competencia desleal.



jueves, 10 de septiembre de 2015

El informe del detective como prueba en casos de subarrendamientos no consentidos

Conforme al artículo 8 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, el arrendatario de una vivienda no podrá subarrendarla, a menos que el arrendador preste su consentimiento por escrito.

Si no fuese así, si el arrendador desconociese formalmente la situación de subarriendo de su vivienda y se encontrase ante dicha circunstancia, atendiendo al artículo 27.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, ésta sería causa de resolución del contrato. Es decir, el dueño de la vivienda puede poner fin a la relación contractual existente con su inquilino, sin que éste pueda pedir indemnización por daños y perjuicios, pudiendo ser incluso el arrendador el que exigiese tal indemnización.

Ante las sospechas de subarriendo no consentido y la necesidad de obtener pruebas suficientes de la situación, acudir a una agencia de detectives puede ser la solución.

El informe de un detective privado, constatando la presencia de una tercera persona en la vivienda con la que el inquilino no presente vínculos familiares o de amistad, es una pieza clave para la resolución de este tipo de problemas.


lunes, 7 de septiembre de 2015

Investigaciones patrimoniales: Elaboración de informes patrimoniales para probar ingresos percibidos

¿Su ex-mujer o ex-marido percibe rentas procedentes de las propiedades que posee y necesita pruebas para solicitar la modificación de medidas de su divorcio? ¿Sospecha que uno de sus deudores obtiene ingresos de su patrimonio y lo oculta para evitar saldar sus deudas?

Estas necesidades y dudas similares llegan a menudo hasta las agencias de detectives privados españolas.

Como profesional cualificado, el detective privado puede elaborar un informe patrimonial que acredite las propiedades de las que es titular la persona en cuestión, tanto residenciales como locales comerciales, y contenga pruebas suficientes de su ocupación en cada caso incluyendo, en la medida de lo posible, datos relativos a los ingresos que puede estar percibiendo mensualmente, el tiempo que lleva habitado y si tal ocupación continuará en el futuro.

Las pruebas obtenidas por el detective privado, utilizadas posteriormente en sede judicial para demostrar sus sospechas, le ayudarán a conseguir finalmente sus propósitos.

Axira Detectives - Agencia de detectives privados en Madrid

martes, 1 de septiembre de 2015

Detectives privados destapan un intento de estafa a una compañía aseguradora

La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a seis meses de prisión a tres personas que intentaron estafar a una compañía aseguradora afirmando que una de ellas viajaba en un coche que sufrió un accidente de tráfico, algo que no era cierto.

Los hechos se produjeron en noviembre de 2010 cuando los acusados denunciaron en un Juzgado de Instrucción de Murcia que habían sufrido un accidente de tráfico al colisionar con otro turismo, asegurando que en el primer turismo viajaba uno de los acusados, lo que era incierto.

El intento de estafa fue abortado cuando unos detectives privados descubrieron que dicho acusado no se encontraba entre los pasajeros del citado turismo.

La sentencia indica que al inicio del juicio los tres reconocieron los hechos y se conformaron con cumplir las penas pactadas por el fiscal del caso y sus defensas.

Fuente: ABC.es

lunes, 31 de agosto de 2015

Detectives privados para verificar fraudes en la escolarización

Cada vez son más las personas que recurren a los servicios de un detective privado con el fin de confirmar determinadas situaciones y contar con pruebas suficientes que poder aportar posteriormente en un proceso judicial.

Infidelidades, bajas laborales fingidas, casos de competencia desleal empresarial o la obtención de evidencias para solicitar la modificación de pensiones alimenticias y compensatorias en divorcios y separaciones son, entre otros, los servicios más demandados en las agencias de detectives privados. Sin embargo, en la última década han aflorado otro tipo de investigaciones, como son las relacionadas con los fraudes en la escolarización.

Los falsos empadronamientos de familias con el fin de que a sus hijos se les adjudique un colegio de educación pública determinado, el que más se ajuste a sus preferencias, llevan a muchas familias cada año a contratar detectives privados para demostrar la introducción de datos falsos por parte de otros padres para conseguir plaza en un colegio concreto.

Durante la campaña habitual de este tipo de investigaciones, entre julio y agosto de cada año, la Policía atiende múltiples denuncias que, aunque han descendido paulatinamente en los últimos años como consecuencia del cambio de los criterios de baremación y mayores penalizaciones por los engaños, siguen suponiendo un gran problema cada curso. 

La labor del detective privado en estos casos se centra en verificar los domicilios aportados, esto es, si son falsos o no, si la familia reside en los mismos y si la información declarada en las solicitudes es real. 

En algunos casos, se llegan a simular falsas enfermedades o se presentan demandas de divorcio que se retiran en el último momento, ya que las familias monoparentales tienen preferencia, circunstancias éstas que un detective privado, mediante seguimientos y/o vigilancias, puede corroborar y conseguir pruebas gráficas en caso de ser falsas.


martes, 11 de agosto de 2015

Un detective privado prueba las ausencias reiteradas del puesto de trabajo que le costaron el empleo

Un juez del Juzgado de lo Social de Jaén ha avalado el despido por motivos disciplinarios de un empleado de una gasolinera en la que tenía 18 años y 4 meses de antigüedad.

Su empresa, que contrató a una agencia de detectives privados para verificarlo, consideró que era autor de faltas muy graves, “al haber incurrido en un incumplimiento voluntario y consciente de sus obligaciones laborales”. El hombre, expendedor de combustible en una estación de servicio, se ausentaba repetidamente para ir a fumar a la cafetería adyacente, dejando abandonado su puesto de trabajo. 

El detective privado llevó a cabo su seguimiento en el turno de noche durante siete días repartidos a lo largo de un mes

La primera jornada, el empleado se ausentó de su lugar de trabajo durante nueve veces “con salidas a fumar y a la cafetería contigua”. En total, 92 minutos en esa madrugada. El resto de días, la situación fue muy similar. El trabajador se iba para fumar un cigarrillo cada cierto tiempo. 

El informe del detective fue demoledor: en los siete días que lo controló, el trabajador se marchó 74 veces de su centro de trabajo, durante un tiempo total de 538 minutos, casi nueve horas. Incluso, hubo clientes que fueron a repostar y, al encontrarse las instalaciones cerradas, se marcharon.

La empresa decidió despedirlo de su puesto de trabajo por cometer varias faltas muy graves, transgrediendo la buena fe contractual y abusando de la confianza depositada en él. Argumentó que la conducta del trabajador le había causado perjuicios económicos y de imagen. 

El empleado recurrió esta decisión en los tribunales, al entender que sus salidas a fumar suponían “una práctica habitual entre los trabajadores y estaba aceptada por la empresa” y añadía que, en todo caso, serían constitutivos de una falta leve. Sin embargo, el juez avaló el despido procedente por causas disciplinarias, sentenciando que “fue un grave quebrantamiento de los deberes de fidelidad y lealtad en el cumplimiento de sus obligaciones”.

Fuente: DIARIOJAEN.es

sábado, 8 de agosto de 2015

Detectives privados sacan a la luz fraudes a las compañías eléctricas

El pasado año el fraude eléctrico superó los 1.200 millones de euros, siendo las empresas y urbanizaciones acomodadas los grandes defraudadores de energía eléctrica, no gente en situación de pobreza. Según los datos de las principales compañías, los mayores defraudadores son urbanizaciones, hoteles, o grandes industrias, responsables de más del 85% de la luz robada en nuestro país en el último año.

Los detectives privados, que sacan a la luz este tipo de fraudes, afirman que encontrar cables colgando y agarrados con cinta aislante en un poste eléctrico son la pista fundamental para descubrir el enganche ilegal.

La propia patronal explica que el problema no es la cuenta de resultados de las compañías, sino el bolsillo del resto de los clientes, dado que el dinero defraudado acaba repercutiendo en la factura de la luz por el déficit tarifario.