DETECTIVES MADRID, AGENCIA DE DETECTIVES EN MADRID


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sábado, 29 de diciembre de 2012

El uso irregular del crédito horario sindical como causa de despido procedente

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia confirmó la procedencia del despido de un delegado sindical por el uso indebido, habitual y manifiesto del crédito horario sindical regulado en el artículo 68 del Estatuto de los Trabajadores.

El empleado simultaneaba su trabajo en la empresa en la que estaba contratado con la explotación de un negocio propio, consistente en la preparación y venta a restaurantes de cabezas de cordero asadas.

Ante la sospecha de que la explotación de tal negocio interfiriera con su trabajo, la empresa para la que trabajaba recurrió a la contratación de una agencia de detectives, la cual, para informar sobre la actividad del trabajador, encargó en dos ocasiones al citado empleado dos pedidos de cabezas de cordero asadas para ser entregados al día siguiente. Los días en los que se produjeron los encargos, el trabajador comunicó a la empresa su ausencia al trabajo para los días siguientes con el fin de llevar a cabo el ejercicio de sus funciones sindicales.

Los citados días, el empleado abandonó el centro de trabajo antes de las 10.00 de la mañana, permaneciendo en un bar aproximadamente una hora, tomando consumiciones en solitario y, a continuación, en su domicilio, hasta que sobre las 12.00 del mediodía volvió al bar para encontrarse con el detective que le había hecho el encargo. Después de conversar con éste sobre su negocio y las perspectivas comerciales, ambos se desplazaron hasta el horno de una panadería donde se encontraba el encargo y, una vez entregado y cobrado, el trabajador permaneció hasta las 13.30 horas repartiendo su tiempo en estancias en el bar, la panadería y su domicilio.

Se estimó, por tanto, que el uso irregular del crédito horario era manifiesto y habitual, por haber tenido lugar en dos ocasiones durante un mes para atender necesidades de su negocio particular.

A pesar de que la jurisprudencia del Tribunal Supremo es muy flexible en cuanto al uso del crédito sindical, porque las funciones de representación pueden, y a veces tienen, que realizarse en bares, reuniones informales con los compañeros, etcétera, sin que pueda exigirse un cómputo escrupuloso en el tiempo empleado, en este caso era evidente que la comunicación de ausencia al trabajo estaba motivada por encargos referidos a su negocio particular y el hecho de que esos días acudiera a la sede de su sindicato a las 17.45 horas no justifica el uso del crédito horario, pues la jornada de trabajo del trabajador no se desarrollaba por la tarde.

domingo, 16 de diciembre de 2012

La insatisfacción laboral aumenta las investigaciones por competencia desleal, robos y hurtos

La elevada tasa de insatisfacción empresarial ha provocado que aumenten un 40% las investigaciones por competencia desleal. Lo mismo ocurre con los robos y hurtos dentro de las compañías, llegando a aumentar estos últimos hasta un 46%.

El perfil más propenso a hacer competencia desleal es el de delegado comercial, aunque pueden llegar a hacerlo hasta directores generales de grandes empresas. 

Cualquier sector es afectado, no hay uno en el que se produzca más este tipo de actos. La mayoría de veces lo que hacen es desviar a los clientes a su cartera personal, por lo que las ventas de la compañía descienden y los implicados reciben más dinero a cambio.

Existe una relación entre la alta tasas de despido y la situación de descontento y desanimo con la competencia desleal. Lejos de lo que podría parecer, los trabajadores que se sienten inseguros laboralmente arriesgan sus puestos cometiendo este tipo de actos, mientras que los que se sienten mejor tratados y valorados son más leales con la empresa donde trabajan.

Fuente: www.iberestudios.com

miércoles, 12 de diciembre de 2012

Extinción de la pensión compensatoria por convivencia marital

La constante ausencia de la ex-esposa del domicilio familiar acredita que ésta tiene una relación análoga a la marital y se constituye en causa de extinción de la pensión compensatoria. 


Una sentencia da la razón al marido y extingue la pensión compensatoria que éste pagaba a su ex-mujer, establecida de mutuo acuerdo en el momento del juicio de separación.

La extinción se fundamenta en la existencia de una convivencia marital por parte de la demandada, motivo que se completa incluso por el hecho de que ésta realiza una actividad laboral de cuidado de un menor.

El Juez destaca las dificultades de la prueba de la convivencia marital y las características de las pruebas para acreditar tal situación. Señala que "cuando se trata de probar una relación de pareja en los casos en que se pretende la extinción de la pensión compensatoria, resulta muy difícil la aportación de pruebas directas de dicha relación, siendo lo habitual que tal conclusión solo pueda obtenerse a través de la prueba de presunciones por tratarse de hechos que pertenecen a la vida íntima de las personas y siendo además precisamente la prueba de detectives una de las más utilizadas en la práctica para llevar a la convicción del Juez de que existe una relación de convivencia o de "vida marital con otra persona" para la extinción del derecho a la pensión".

La prueba desarrollada en el juicio contradice las afirmaciones de la demandada, como se desprende tanto del informe como de la declaración del detective privado, que efectuó un seguimiento más numeroso del habitual en este tipo de casos. En el informe aportado se demuestra la ausencia habitual de la demandada en el domicilio que fuera familiar y se exponen las declaraciones de varios vecinos que afirmaban "que hacía mucho tiempo que allí nadie vivía".

Fuente: LexFamily.es


martes, 4 de diciembre de 2012

Detectives privados: de las separaciones matrimoniales a los fraudes

Los profesionales de este sector se han mezclado entre la gente y su forma de trabajar ha evolucionado con el tiempo, adaptándose a las nuevas tecnologías para obtener la información que necesita su cliente. También han variado las investigaciones, pues los detectives privados cubren las necesidades sociales que demandan los ciudadanos en cada momento. De las infidelidades, las separaciones y la competencia desleal, han pasado a encargarse de las estafas a las aseguradoras.

Después de las separaciones matrimoniales, y con la llegada de la bonanza económica, los profesionales del sector se encargaron de investigar las bajas laborales. En cambio, actualmente los puestos de trabajo están más valorados por los empleados, por lo que la demanda de estos casos ha disminuido.

Durante el apogeo económico, también aumentaron los casos de competencia desleal, casos en los que el trabajador se montaba una entidad propia utilizando información de su puesto de trabajo.

Actualmente, uno de los casos que más se tratan en las agencias de detectives están relacionados con los accidentes de todo tipo y las indemnizaciones que otorgan las aseguradoras: personas que exageran las consecuencias de un accidente y que magnifican la dolencia.

PROCESO

El proceso de investigación se pone en marcha cuando una persona detecta un problema en el sector personal o empresarial. La persona expone su problema y, dependiendo de sus necesidades, se plantea una mecánica u otra.

El coste del servicio de un detective varía en función de las exigencias. Un denominador común para fijar la cantidad es el tiempo, en función de si se trabaja por el día, por la noche o durante festivos, aunque puede incrementarse en función del número de detectives que se emplean en la investigación y si es necesario desplazarse a otras autonomías o fuera de España.

La efectividad para resolver todos los casos es muy alta, pues cuando una persona contrata los servicios de una agencia de detectives está seguro al cien por cien de que algo no funciona bien.

CLAVES 
  • El detective es una realidad dentro de la estructura empresarial y social actual.
  • Se trata de la mejor inversión para resolver los problemas que afectan a compañías aseguradoras, entidades financieras y empresas en general.
  • Es el profesional más cualificado para la obtención de datos y hechos de interés, que sean fundamentales para la resolución de litigios, problemas, conflictos, etcétera.
  • Puede considerarse un testigo privilegiado que aporta pruebas gráficas y documentales en juicios y procedimientos judiciales.
  • La profesión de detective privado está regulada legalmente en la Ley 23/1992, de 20 de julio, de Seguridad Privada, y en el Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, que aprueba el Reglamento de Seguridad Privada.

Fuente: http://www.elpueblodealbacete.com