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lunes, 2 de marzo de 2015

Confirman el despido de una trabajadora tras admitir las grabaciones de un detective como prueba

Detectives privados para probar fraudes y avalar despidos procedentesEl Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha confirmado el despido procedente de una trabajadora tras admitir las grabaciones de un detective privado como prueba.

Ante la sospecha de que algo raro pasaba en su farmacia, los propietarios contrataron a un detective privado, que instaló cámaras de videovigilancia en diferentes espacios del establecimiento. Gracias a los dispositivos de grabación, fue posible confirmar que una de las empleadas, que llevaba más de veinte años en el puesto, cogía dinero de la caja, se llevaba artículos del establecimiento sin embolsar su coste e incluso vendía productos de otra farmacia, en la que trabajaba su marido, y guardaba el dinero entre sus pertenencias. Además, la mujer fumaba en el centro de trabajo, pese a que existían carteles prohibiendo fumar en la farmacia.

Estas prácticas desembocaron en el despido de la trabajadora por parte de los propietarios, que le imputaron «faltas muy graves continuadas». La empleada llevó el caso ante la justicia, calificando el despido de improcedente al considerar que las grabaciones del detective vulneraban el artículo 18.4 de la Constitución Española, que garantiza que la ley limitará el uso de la informática para preservar el honor y la intimidad de las personas.

El Tribunal Superior de Justicia no ha estimado el recurso de la ex-trabajadora ya que, tal y como argumenta en la sentencia, «la grabación de imágenes no producía lesión alguna de su derecho a la intimidad».

Sobre la conveniencia o no del uso de las grabaciones del detective como prueba, los expertos aseguran que la grabación 
era una medida justificada al existir sospechas fundadas de la comisión de irregularidades por la empleada, es decir, cumplía los requisitos establecidos por el Tribunal Constitucional para que sea lícita.


miércoles, 25 de febrero de 2015

¿Cuánto cuesta al empresario la baja laboral de uno de sus trabajadores?

Para estimar el coste que le supone a una empresa tener a un trabajador de baja, es preciso diferenciar tres periodos:

Del 1º al 3º día
Investigación de bajas laborales fingidas Detectives servicios empresarialesEl trabajador no cobrará nada durante esos días de baja, pero la empresa tendrá que cotizar por él durante este periodo. Por tanto, el coste para la empresa será la cotización correspondiente a tres días.

Del 4º al 15º día: 
La empresa tiene la obligación de pagar el 60% de la base de cotización del trabajador, considerada ésta la del mes anterior a la baja. Por tanto, en este periodo, el coste para la empresa es el 60% de la base de cotización del trabajador más la cotización a la Seguridad Social.

Del 16º en adelante
El coste para la empresa es exclusivamente la cotización a la Seguridad Social del trabajador.

Es importante aclarar que a partir del día 16º, el coste lo asume la Seguridad Social. No obstante, el pago lo realiza la empresa mediante un pago delegado y, posteriormente, es la empresa la que se descuenta ese valor de los seguros sociales del mes correspondiente.



lunes, 23 de febrero de 2015

Ratifican el despido procedente de un cocinero por preparar un banquete de boda estando de baja laboral

Informe de detectives privados con pruebas para despido procedenteLa Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha confirmado el despido procedente de un cocinero por preparar un banquete de bodas estando de baja laboral en su empresa.

La sentencia indica que el cocinero, que se encontraba en situación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común
llevó a cabo los preparativos para el menú de una boda durante dos días, siendo descubierto gracias al seguimiento que le hizo un detective privado contratado por su empresa.

En el recurso que planteó ante la Sala de lo Social del TSJ, el cocinero expuso que se había limitado a colaborar en la preparación del banquete y que lo hizo sin percibir remuneración alguna, por la relación de amistad que tenía con los novios. Sin embargo, e
l tribunal desestimó la apelación, señalando que "con independencia de esa relación de amistad o que, incluso, fuese de invitado al enlace matrimonial, lo cierto es que llevó a cabo tareas propias de su profesión de cocinero". Añade que "si se encontraba en condiciones de realizar tal actividad, aunque fuese no retribuida, debió haberse reincorporado a su puesto de trabajo".

Fuente: Finanzas.com

viernes, 13 de febrero de 2015

Confirman el despido procedente de un trabajador de baja por depresión tras ser 'cazado' por un detective

Baja por depresión seguimiento detective privado
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha confirmado el despido procedente de un camionero que, estando de baja laboral por depresión, celebró el partido de la final de la Eurocopa, siendo visto ese día por un detective privado "dando muestras de alegría con saltos, brazos en alto y levantando a su hijo en volandas". 

Apenas unas horas antes había acudido a una feria gastronómica, donde permaneció con unos amigos "bebiendo bebidas alcohólicas y conversando y riendo continuamente". 

Dos días después, el detective que le hacía el seguimiento encargado por su empresa, vio cómo cargaba su coche, decorado con los colores de la bandera de España, con sillas de playa, sombrilla y nevera, y se marchaba a La Manga del Mar Menor. 

La Sala de lo Social del TSJ comenta que el despido procedente está justificado porque la conducta del trabajador fue "grave y culpable, pues ha generado en la empresa una pérdida de confianza". Añade que "si bien es cierto que la actividad desplegada por él, en general, no perturbaría o retrasaría su curación, no es menos cierto que se encontraba recibiendo tratamiento farmacológico, lo que no resultaría compatible con la ingestión de bebidas alcohólicas, por lo que se estaría retrasando o perturbando su curación".

El tribunal señala que su conducta concuerda más con un ánimo expansivo que depresivo, lo que indicaría que los síntomas que le llevaron a pasar a la situación de incapacidad temporal el 26 de junio anterior habían desaparecido, "por lo que debió incorporarse a su trabajo de manera inmediata".

Fuente: 20minutos

lunes, 9 de febrero de 2015

¿Qué datos necesita un detective privado para localizar a una persona?

Localización de personas, búsqueda de amigos, morosos. Detectives privados
¿Busca a un familiar o a un amigo al que ha perdido el rastro? ¿Necesita localizar a un moroso o entregar una notificación judicial?

La localización de personas, por unos motivos u otros, es uno de los servicios más demandados hoy por hoy en las agencias de detectives privados

A partir de los datos que el cliente proporciona, los detectives siguen el rastro de la persona en cuestión, consiguiendo llegar hasta ella en la mayoría de los casos. Pero, ¿qué referencias son necesarias para lograr la localización de una persona?

Realmente no hay ningún detalle estrictamente necesario para saber el paradero de una persona. Cualquier información facilitada, por insignificante que parezca a simple vista, puede ser clave para que la búsqueda tenga éxito
Sin embargo, entre los datos más relevantes, se encuentran los siguientes:

· Último domicilio conocido.
· Posibles domicilios donde podría encontrarse.
· Últimos teléfonos de contacto conocidos.
· Vehículos utilizados.
· Costumbres y hábitos.
· Trabajos anteriores.
· Aficiones, hobbies.
· Datos de contacto de familiares y amigos.


lunes, 2 de febrero de 2015

Detectives privados para demostrar que se realiza una actividad laboral en casos de bajas fingidas

Detectives privados en Madrid demuestran la falsa baja laboral¿Sospecha que la baja laboral de uno de sus empleados no es real? ¿Tiene la certeza de que trabaja mientras está de baja y necesita pruebas? ¿Necesita confirmar que no sigue el tratamiento como debería?

El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 20.3, otorga al empresario la facultad 
para adoptar las medidas de control y vigilancia que estime más oportunas con el fin de verificar el cumplimiento por parte del trabajador de sus obligaciones. 

Durante su situación de baja laboral temporal, el trabajador debe colaborar activamente en su recuperación, considerando la jurisprudencia que se transgrede la buena fe contractual y puede ser causa de despido la realización de trabajos durante la situación de incapacidad temporal y la realización de actividades que perturben o demoren la curación del empleado o su futura aptitud laboral.

Para la jurisprudencia, es indiferente que el trabajo realizado sea remunerado o no, o por cuenta propia o ajena, habiéndose considerado como motivo de despido en algunos casos, conforme a sus respectivas sentencias, la conducción esporádica del propio vehículo, la asistencia a bares, la práctica de deportes, las actividades de recreo, etc.

Las pruebas aportadas por detectives privados pueden ser fundamentales a la hora de demostrar la transgresión de la buena fe contractual por parte del trabajador, constituyendo el informe del detective una valiosa prueba testifical, que éste deberá ratificar personalmente en sede judicial.


jueves, 29 de enero de 2015

Imponen el pago de las costas de un juicio a un padre que ocultó datos para reducir la pensión alimenticia

El informe de una agencia de detectives determinó que percibía más ingresos de los declarados y descubrió su gran patrimonio inmobiliario


Un juzgado de Sevilla ha impuesto las costas procesales a un padre por ocultar datos económicos con el fin de rebajar la pensión de alimentos que paga mensualmente a su hijo. La resolución de la jueza se basa, según la sentencia, en que "la ocultación de datos económicos en la demanda es patente" y ha generado "unos gastos procesales innecesarios".

El padre, ex-piloto de Iberia, pidió una modificación de la pensión alimenticia para su hijo de 19 años, que se había fijado en 1.100 euros al mes en 2008.

En su demanda, alegaba que se debía reducir la pensión alimenticia a 500 euros mensuales porque en 2013 se jubiló y pasó a cobrar 2.043 euros mensuales, lo que le dejaba con unos 900 euros al mes para vivir. Sin embargo, un informe de una agencia de detectives privados determinó que cobraba una renta temporal financiera que, junto a la pensión, sumaba una cantidad de 5.257 euros al mes. 

Detectives privados para investigar pensiones alimenticias y compensatorias
Además, la sentencia también subraya que el ex-piloto tiene, según el informe de detectives, un patrimonio inmobiliario con seis propiedades, por lo que la jueza indica que no han variado las circunstancias económicas que se tuvieron en cuenta para establecer en 1.100 euros la pensión alimenticia para su hijo.

El informe de los detectives privados recoge entre el patrimonio inmobiliario un apartamento en Madrid, dos en Sevilla, dos viviendas unifamiliares y una vivienda en la playa, así como seis vehículos en propiedad, todos ellos en uso. 

Por todo ello, la sentencia desestima la demanda del padre para rebajar la pensión alimenticia de su hijo y le impone el pago de las costas, siendo incluido como gastos, en virtud del artículo 241.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el informe de los detectives privados aportado a la causa.

Fuente: 20minutos