Las pruebas aportadas por detectives privados son consideradas válidas ante la justicia siempre que no se vulnere el derecho a la intimidad, al honor, a la propia imagen o al secreto de las comunicaciones. De esta manera, la empresa puede ejercer las facultades reconocidas en el contrato de trabajo, incluyendo la organización del trabajo y su cumplimiento. Así, está habilitada para sancionar aquellos comportamientos que resulten contrarios a sus objetivos y, para lograrlo, es imprescindible que pueda controlar los comportamientos posiblemente perjudiciales, dentro de lo razonable.
En cualquier caso, los detectives no podrán utilizar medios que atenten contra el honor del empleado ni contra sus derechos fundamentales. Grabaciones realizadas en la vía pública serían válidas, pero no la colocación de cámaras dentro del domicilio, por ejemplo.
Fuente: www.actibva.com
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