DETECTIVES MADRID, AGENCIA DE DETECTIVES EN MADRID


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Servicios de Axira Detectives, Detectives privados en Madrid

martes, 20 de enero de 2015

¿Es legal 'ponerle' un detective privado?

Contratar a un detective privado para la obtención de una determinada información, realizar vigilancias o seguimientos, es absolutamente legal y está amparado por la Ley 5/2014 de Seguridad Privada.

Sin embargo, el encargo realizado por el cliente ha de estar motivado por una causa legítima. El detective privado únicamente llevará a cabo investigaciones sobre personas con las que su cliente esté legítimamente relacionado, bien en el ámbito económico, laboral, mercantil o financiero, bien en su vida personal, familiar o social. 

Además, la utilización posterior del informe elaborado por el detective y sus pruebas ha de ser la misma por la que contrató los servicios de investigación privada.

Axira Detectives - Agencia de detectives privados en Madrid

jueves, 15 de enero de 2015

Control y seguimiento de la red comercial por parte del detective privado

¿Sospecha que uno de sus comerciales dedica parte de su jornada laboral a asuntos personales? ¿El descenso de su índice de ventas se debe al bajo rendimiento de su comercial y necesita demostrarlo?

El seguimiento de las actividades de la red comercial de una empresa es una de las tareas más difíciles de controlar por parte del empresario, quedando éste en muchas ocasiones desprotegido y pudiendo llegar a ser víctima de fraudes en el peor de los casos. 

El halo de desconfianza que se genera en este sentido lleva a muchos empresarios a contactar con agencias de detectives privados para verificar la labor comercial de sus trabajadores.

En relación a la red comercial empresarial, entre las tareas más frecuentes encomendadas a detectives privados destacan:
  • Verificación del rendimiento de los comerciales.
  • Incumplimiento de horarios.
  • Dedicación del horario laboral a asuntos personales.
  • Uso particular del vehículo de empresa, entregado exclusivamente para desplazamientos con fines comerciales.
  • Fraude a la hora de contabilizar los gastos que suponen los desplazamientos comerciales.
  • Calidad en la atención a los clientes, repercutiendo en un gran perjuicio a la imagen de la empresa.

Estos y otros problemas derivados de la gestión comercial, como la competencia desleal y la fuga de información, son objeto de investigación por parte de los detectives privados, que realizan un seguimiento exhaustivo al comercial, corroborando que cumple su jornada laboral, efectúa las visitas pertinentes y realiza su trabajo de buena fe.

jueves, 8 de enero de 2015

El fraude anima a las compañías aseguradoras a contratar detectives

El fraude a las empresas de seguros, cada vez más incipiente en nuestro país, anima a las compañías aseguradoras a contratar detectives privados que permitan corroborar la veracidad de las informaciones aportadas por el asegurado.

La legitimidad para utilizar los servicios de detectives privados por parte de las compañías de seguros se ampara en el artículo 18 de la Ley de Contrato de Seguro, que obliga a las aseguradoras a satisfacer las indemnizaciones que correspondan una vez realizadas las investigaciones y peritaciones necesarias para establecer la existencia del siniestro y, en su caso, el importe de los daños que resulten del mismo.

Tras la investigación, resulta imprescindible que el detective elabore un informe o dossíer escrito con el resultado de sus indagaciones, adjuntando al mismo fotografías y grabaciones, y que se aporte al Juzgado como si se tratara de una prueba documental, en el momento procesal oportuno, según el orden jurisdiccional de que se trate. Posteriormente, es indispensable que el detective ratifique el contenido del mismo en sede judicial y pueda ser repreguntado por la parte contraria.

En cuanto a la valoración de las pruebas aportadas en juicio por los detectives, corresponde a la libre apreciación del Juzgadoruna vez examinada su licitud y tras ser sometidas a contradicción.

lunes, 5 de enero de 2015

Las pruebas del detective para solicitar la modificación de la pensión alimenticia

Tras un divorcio, son habituales los casos en los que el ex-cónyuge al que se ha impuesto la obligación del pago de la pensión alimenticia quiere reducir su cuantía utilizando diversos engaños.

Entre los factores que influyen en la estimación de la pensión alimenticia, se encuentran las necesidades del menor y las posibilidades económicas de los progenitores. Por eso, con el fin de reducir el importe de dicha pensión, en algunas ocasiones, el obligado al pago oculta sus ingresos reales.

Cuando se trata de un trabajador por cuenta ajena, al tener una nómina, los ingresos quedan reflejados en su totalidad. Sin embargo, se dan casos en los que se llega a un acuerdo con el contratante para que se abone una parte de la nómina en efectivo, sin que este dinero quede reflejado en ningún documento, pudiendo mostrar así una reducción aparente de los ingresos percibidos. 

En el caso de los trabajadores por cuenta propia, el engaño se puede realizar con más facilidad ya que, al no tener que depender de un tercero, basta con no declarar una parte de los ingresos, contabilizándolos como “pagos en B”.

En ambos casos, la metodología a seguir para la obtención de pruebas por parte del detective consiste en demostrar el nivel de vida de la persona obligada al pago y si sus gastos son proporcionales respecto a los ingresos declarados, planteando así la duda de si los ingresos que dice tener son los reales o no.

Axira Detectives - Agencia de detectives privados en Madrid

martes, 30 de diciembre de 2014

Intrusismo profesional: Detectives privados descubren a tres falsos odontólogos

Dos juzgados de Valencia y uno de Mislata han condenado por intrusismo profesional a tres falsos odontólogos que trataban a pacientes cuando no estaban titulados para ello.

Según las sentencias, la primera condenada, que fue descubierta examinando y prescribiendo tratamientos en un taller dental, es técnico de prótesis dental, titulación que en ningún caso permite tratar pacientes, sino fabricar prótesis. El tribunal la ha condenado a una multa de 1.260 euros por delito de intrusismo contemplado en el artículo 403.1 del Código Penal.

El segundo falso dentista, protésico dental, atendia a pacientes en un laboratorio dental, razón por la que ha sido condenado por el mismo delito y deberá hacer frente a una multa de 1.260 euros.

La tercera condena, con multa de 480 euros, recayó sobre otro protésico, que también cometió un delito de intrusismo en circunstancias similares a los anteriores.

Dichas situaciones fueron descubiertas y denunciadas por el Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de Valencia, que contrató los servicios de detectives privados y comunicó los hechos a los tribunales con las pertinentes querellas por intrusismo profesional.

En todos los casos se trata de sentencias de carácter penal dado que, como recuerda el presidente del Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de Valencia, "el intrusismo profesional es un delito del Código Penal, por lo que cualquier intruso que manipule la boca de un paciente sin estar titulado para ello se expone a una sentencia penal y sus consecuencias".

Fuente: ABC.es

 

lunes, 29 de diciembre de 2014

Detectives y la modificación de la pensión compensatoria

Las pruebas del detective son determinantes en la mayoría de los procesos de divorcio para solicitar la reducción o extinción de pensiones compensatorias.

Corroborar que el ex-cónyuge oculta que tiene una actividad laboral remunerada o que mantiene una relación estable con otra persona para seguir percibiendo la pensión compensatoria que recibe, son algunos de los múltiples casos que llegan a diario hasta las agencias de detectives.

Más información en:


viernes, 26 de diciembre de 2014

Detectives para comprobar que se respetan los derechos de trabajadores y usuarios en casos de huelgas

La patronal del servicio de limpieza del hospital Virgen de la Arrixaca de Murcia no boicoteó el derecho de huelga ejercido por trabajadores en junio de 2013, ni presionó a las encargadas para que trataran de paliar la situación, según una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia.

La sentencia desestima así el recurso que la Confederación General del Trabajo (CGT), con la adhesión del Sindicato de Profesionales de Sanidad de la Región, presentó contra la resolución de un Juzgado que rechazó la demanda que plantearon contra la empresa de limpieza por la protección de derechos fundamentales.

El Juzgado declaró probado que durante la huelga no se cumplieron los servicios mínimos y se impidió el acceso a trabajadores no seguidores de la misma mediante insultos, amenazas y agresiones, además de sabotearse los servicios de mantenimiento, como ascensores o camiones de residuos. Añade además que las encargadas de limpieza de la empresa alargaron de forma voluntaria su jornada de trabajo, sin recibir contraprestación económica por ello.

La resolución judicial señalaba también que la empresa contrató los servicios de una agencia de detectives, que acreditó la suciedad existente en el hospital en los días de huelga y recogió las quejas de pacientes y familiares por la situación que estaban sufriendo.

Fuente: ABC