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martes, 26 de septiembre de 2017

Unos detectives descubren que una trabajadora desarrollaba tareas incompatibles con su situación de baja laboral

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia desestimó el recurso presentado por la trabajadora de una residencia de ancianos sancionada con suspensión de empleo y sueldo de tres meses al ser sorprendida cuando cargaba una caja de seis kilos y desarrollaba una actividad que era incompatible con la lumbalgia por la que se encontraba de baja laboral.

El seguimiento que le hicieron unos detectives privados permitió comprobar que desarrollaba actividades incompatibles con la lumbalgia que alegó para pasar a la situación de Incapacidad Temporal (IT)

La empresa acusa a la trabajadora de «o bien prolongar su situación de incapacidad al desarrollar tareas que retrasan su curación, impidiendo su incorporación a su puesto de trabajo, o bien simular la situación de IT, o ambas cosas».

El seguimiento llevado a cabo por los detectives reveló que, entre otras actividades, la empleada llevó un día una caja de leche de seis litros y otra botella de un litro. Según la empresa, caminaba «a un ritmo normal con un total de siete litros durante diez minutos».

La Sala del TSJ concluye que «las actividades descritas en los hechos probados no se acreditan como aquellas que son recomendables para la curación de la lumbalgia, que serían las realizadas bajo la supervisión o recomendación de un profesional médico o fisioterapeuta».

Fuente: http://www.laverdad.es

lunes, 17 de abril de 2017

Detectives privados para desenmascarar falsas bajas laborales

Durante el pasado año, las bajas por enfermedad común aumentaron más de un 16%, lo que supone un desembolso para las arcas públicas de casi 6.000 millones de euros. Para las empresas las cifras son aún más elevadas, en torno a 75.000 millones.

Trabajadores que parecen tener una fractura en una de sus piernas, pero cuando piensan que nadie les ve, son descubiertos sin muletas y caminando perfectamente; dicen estar enfermos, pero aprovechan su tiempo yendo de compras; o alegan tener una lesión que les impide ponerse al volante, pero son grabados conduciendo sin problemas a diario; son algunos de los múltiples casos captados por detectives privados contratados por empresas ante las sospechas de una baja laboral fingida.

El perfil de quienes más faltan al trabajo es el de las mujeres de entre 30 y 40 años, del sector servicios y que llevan entre 1 y 6 años en la empresa.

Aunque hay bajas más que justificadas, los expertos relacionan este repunte del absentismo laboral con la reducción del desempleo y la recuperación económica.

Fuente: ANTENA 3 TV

martes, 11 de octubre de 2016

¿Es legal contratar detectives para comprobar si la baja laboral de un empleado es real?

Existe un amplio abanico de motivaciones que llevan a un empleado a fingir una baja laboral

En algunos ocasiones, se trata simplemente de disfrutar de algunos días libres. Otras, se producen como represalia contra el empresario como consecuencia de una relación deteriorada entre ambos. Pero, con la llegada de la crisis, la más habitual es el estar realizando una actividad profesional empleando el "tiempo libre" que proporciona la situación de baja temporal, obteniendo así unos ingresos extras.

Ante la sospecha de una baja laboral fingida, son muchos los empresarios que recurren a agencias de detectives amparados por la facultad que la legislación les otorga.

Según el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores, “el empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad humana y teniendo en cuenta la capacidad real de los trabajadores disminuidos, en su caso”.

En el periodo en el que el trabajador se encuentra de baja laboral temporal, éste debe colaborar de forma activa en su recuperación, considerando la jurisprudencia que puede ser causa de despido realizar trabajos durante el tiempo en el que se esté en situación de incapacidad temporal y hacer actividades que demoren o perjudiquen la curación del empleado.


jueves, 25 de febrero de 2016

Detectives privados para descubrir falsas bajas laborales

¿Sospecha que uno de sus empleados, de baja laboral en su empresa, trabaja por su cuenta para conseguir más ingresos? 

¿Está cansado de que uno de sus trabajadores siempre parezca estar enfermo en las mismas fechas? ¿Cree que finge o exagera su lesión para tener unos días libres?

Si se encuentra en ésta u otra situación similar, ha de saber que el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 20.4, concede al empresario la facultad de verificar el estado de enfermedad o accidente del empleado para justificar sus faltas de asistencia al trabajo.

Aunque en los últimos años el absentismo laboral se ha reducido considerablemente, como consecuencia principalmente de las sucesivas reformas laborales aprobadas en nuestro país y el miedo a perder el trabajo, han proliferado los casos en los que el empleado simula padecer una dolencia, consiguiendo así entrar en situación de incapacidad temporal, pero continúa ejerciendo un trabajo remunerado, bien por cuenta propia, bien siendo empleado por otros de forma irregular, obteniendo así unos ingresos extra no declarados.

El trabajo de los detectives privados en estos casos, cuyas pruebas son admitidas en cualquier proceso judicial, consiste en controlar la conducta del trabajador durante la situación de incapacidad temporal, asegurándose de que no se trata de una baja laboral fingida.

Cumpliendo de forma estricta la normativa vigente, sin lesionar el derecho a la intimidad del trabajador, los detectives obtendrán evidencias suficientes para corroborar si el empleado se encuentra trabajando, si simula su enfermedad, si cumple adecuadamente el tratamiento médico, si realiza actividades que pueden estar agravando su dolencia, etc.



jueves, 12 de marzo de 2015

Pillada por un detective privado cargando peso en un coche


La inadmisión del recurso se ha producido al ser estimadas las pruebas obtenidas por un detective privado, que comprobó que la mujer caminaba bien y cargaba peso en un coche.

La sentencia del TSJ confirma ahora la dictada anteriormente por 
un Juzgado de Lo Social de Cartagena, al que la mujer, que ya tenía reconocida la incapacidad permanente para su trabajo habitualhabía pedido la incapacidad absoluta, algo a lo que se opuso el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Empleada en un establecimiento de ocio, la mujer planteó su nueva solicitud, ahora desestimada, ante el TSJ. En la sentencia se recoge que, pese a que sufre una hemiparesia y trastorno adaptativo, junto con una leve claudicación a la marcha, todo ello no constituye motivo suficiente para entender que no puede desarrollar trabajo alguno. Añade que, con la prueba aportada por el detective privado, que le hizo un seguimiento, «se acredita que no necesita de apoyo para andar, que su movilidad es completa en un miembro superior, y que fue vista cogiendo peso y bajando la puerta del maletero del coche».

Fuente: LAVERDAD.es

miércoles, 25 de febrero de 2015

¿Cuánto cuesta al empresario la baja laboral de uno de sus trabajadores?

Para estimar el coste que le supone a una empresa tener a un trabajador de baja, es preciso diferenciar tres periodos:

Del 1º al 3º día
Investigación de bajas laborales fingidas Detectives servicios empresarialesEl trabajador no cobrará nada durante esos días de baja, pero la empresa tendrá que cotizar por él durante este periodo. Por tanto, el coste para la empresa será la cotización correspondiente a tres días.

Del 4º al 15º día: 
La empresa tiene la obligación de pagar el 60% de la base de cotización del trabajador, considerada ésta la del mes anterior a la baja. Por tanto, en este periodo, el coste para la empresa es el 60% de la base de cotización del trabajador más la cotización a la Seguridad Social.

Del 16º en adelante
El coste para la empresa es exclusivamente la cotización a la Seguridad Social del trabajador.

Es importante aclarar que a partir del día 16º, el coste lo asume la Seguridad Social. No obstante, el pago lo realiza la empresa mediante un pago delegado y, posteriormente, es la empresa la que se descuenta ese valor de los seguros sociales del mes correspondiente.



lunes, 23 de febrero de 2015

Ratifican el despido procedente de un cocinero por preparar un banquete de boda estando de baja laboral

Informe de detectives privados con pruebas para despido procedenteLa Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha confirmado el despido procedente de un cocinero por preparar un banquete de bodas estando de baja laboral en su empresa.

La sentencia indica que el cocinero, que se encontraba en situación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común
llevó a cabo los preparativos para el menú de una boda durante dos días, siendo descubierto gracias al seguimiento que le hizo un detective privado contratado por su empresa.

En el recurso que planteó ante la Sala de lo Social del TSJ, el cocinero expuso que se había limitado a colaborar en la preparación del banquete y que lo hizo sin percibir remuneración alguna, por la relación de amistad que tenía con los novios. Sin embargo, e
l tribunal desestimó la apelación, señalando que "con independencia de esa relación de amistad o que, incluso, fuese de invitado al enlace matrimonial, lo cierto es que llevó a cabo tareas propias de su profesión de cocinero". Añade que "si se encontraba en condiciones de realizar tal actividad, aunque fuese no retribuida, debió haberse reincorporado a su puesto de trabajo".

Fuente: Finanzas.com

viernes, 13 de febrero de 2015

Confirman el despido procedente de un trabajador de baja por depresión tras ser 'cazado' por un detective

Baja por depresión seguimiento detective privado
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha confirmado el despido procedente de un camionero que, estando de baja laboral por depresión, celebró el partido de la final de la Eurocopa, siendo visto ese día por un detective privado "dando muestras de alegría con saltos, brazos en alto y levantando a su hijo en volandas". 

Apenas unas horas antes había acudido a una feria gastronómica, donde permaneció con unos amigos "bebiendo bebidas alcohólicas y conversando y riendo continuamente". 

Dos días después, el detective que le hacía el seguimiento encargado por su empresa, vio cómo cargaba su coche, decorado con los colores de la bandera de España, con sillas de playa, sombrilla y nevera, y se marchaba a La Manga del Mar Menor. 

La Sala de lo Social del TSJ comenta que el despido procedente está justificado porque la conducta del trabajador fue "grave y culpable, pues ha generado en la empresa una pérdida de confianza". Añade que "si bien es cierto que la actividad desplegada por él, en general, no perturbaría o retrasaría su curación, no es menos cierto que se encontraba recibiendo tratamiento farmacológico, lo que no resultaría compatible con la ingestión de bebidas alcohólicas, por lo que se estaría retrasando o perturbando su curación".

El tribunal señala que su conducta concuerda más con un ánimo expansivo que depresivo, lo que indicaría que los síntomas que le llevaron a pasar a la situación de incapacidad temporal el 26 de junio anterior habían desaparecido, "por lo que debió incorporarse a su trabajo de manera inmediata".

Fuente: 20minutos

lunes, 2 de febrero de 2015

Detectives privados para demostrar que se realiza una actividad laboral en casos de bajas fingidas

Detectives privados en Madrid demuestran la falsa baja laboral¿Sospecha que la baja laboral de uno de sus empleados no es real? ¿Tiene la certeza de que trabaja mientras está de baja y necesita pruebas? ¿Necesita confirmar que no sigue el tratamiento como debería?

El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 20.3, otorga al empresario la facultad 
para adoptar las medidas de control y vigilancia que estime más oportunas con el fin de verificar el cumplimiento por parte del trabajador de sus obligaciones. 

Durante su situación de baja laboral temporal, el trabajador debe colaborar activamente en su recuperación, considerando la jurisprudencia que se transgrede la buena fe contractual y puede ser causa de despido la realización de trabajos durante la situación de incapacidad temporal y la realización de actividades que perturben o demoren la curación del empleado o su futura aptitud laboral.

Para la jurisprudencia, es indiferente que el trabajo realizado sea remunerado o no, o por cuenta propia o ajena, habiéndose considerado como motivo de despido en algunos casos, conforme a sus respectivas sentencias, la conducción esporádica del propio vehículo, la asistencia a bares, la práctica de deportes, las actividades de recreo, etc.

Las pruebas aportadas por detectives privados pueden ser fundamentales a la hora de demostrar la transgresión de la buena fe contractual por parte del trabajador, constituyendo el informe del detective una valiosa prueba testifical, que éste deberá ratificar personalmente en sede judicial.