Existe un amplio abanico de motivaciones que llevan a un empleado a fingir una baja laboral.
En algunos ocasiones, se trata simplemente de disfrutar de algunos días libres. Otras, se producen como represalia contra el empresario como consecuencia de una relación deteriorada entre ambos. Pero, con la llegada de la crisis, la más habitual es el estar realizando una actividad profesional empleando el "tiempo libre" que proporciona la situación de baja temporal, obteniendo así unos ingresos extras.
Ante la sospecha de una baja laboral fingida, son muchos los empresarios que recurren a agencias de detectives amparados por la facultad que la legislación les otorga.
Según el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores, “el empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad humana y teniendo en cuenta la capacidad real de los trabajadores disminuidos, en su caso”.
En el periodo en el que el trabajador se encuentra de baja laboral temporal, éste debe colaborar de forma activa en su recuperación, considerando la jurisprudencia que puede ser causa de despido realizar trabajos durante el tiempo en el que se esté en situación de incapacidad temporal y hacer actividades que demoren o perjudiquen la curación del empleado.
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