DETECTIVES MADRID, AGENCIA DE DETECTIVES EN MADRID


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sábado, 7 de marzo de 2015

La Agencia de Protección de Datos ratifica a los Detectives Privados como los únicos que pueden investigar datos personales en materia financiera

Varios directivos de la Agencia Española de Protección de Datos, del Tribunal Supremo, de la Audiencia Nacional y de la Dirección General de la Policía y Guardia Civil ratifican la figura del Detective Privado como único profesional habilitado por Ley para investigar datos personales en materia financiera y sus informes como prueba que se puede aportar en demandas para la recuperación de deudas.

El Detective Privado es el único profesional habilitado para obtener y aportar información y pruebas sobre conductas o hechos privados, considerándose conductas o hechos privados los que afecten al ámbito económico, laboral, mercantil y financiero. No se admiten en la Investigación Privada más figuras que la de los Detectives Privados, excluyendo así a los investigadores mercantiles (sentencia 1/2008 del Tribunal Supremo)

Los informes realizados por un Detective Privado están en su Libro de Registro, según las exigencias del Ministerio del Interior. Este control ha permitido comprobar que las peticiones de investigación a Detectives Privados por parte de entidades financieras han aumentado considerablemente en los últimos años: detección de morosos, de patrimonio, etc… Además, la entidad que contrata los servicios de un Detective Privado puede aportar ese informe como prueba en las demandas para la recuperación del crédito (artículo 265 de la Ley de Enjuiciamiento Civil)

Detectives privados en Madrid informes económicos búsqueda de morososCualquier entidad puede encargar a un Detective Privado una investigación sobre los datos personales de una persona, siempre que exista un interés legítimo. Por lo tanto, estas investigaciones pueden ser encargadas por entidades que mantengan una relación contractual o pre-contractual con el investigado, siempre que la información que se pretende recabar sea necesaria para el mantenimiento de ese contrato. Además, cuando una entidad financiera contrata a un Detective Privado, puede facilitarle los datos personales del investigado sin el consentimiento de éste, ya que tanto el principio de consentimiento como el de información, piezas angulares de la Ley Orgánica de Protección de Datos, ceden en beneficio de la actuación del Detective Privado, amparada por la Ley de Seguridad Privada.

Por su parte, una sentencia de la Sala de Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional (Sentencia del 21/01/2010. Rec. 682/2009) aclara que una entidad financiera puede incorporar los datos nuevos aportados por los Detectives Privados, siempre y cuando sea con un uso destinado a la misma finalidad por la que lo contrata, la recuperación de la deuda.

Fuente: ECOFIN

lunes, 2 de marzo de 2015

Confirman el despido de una trabajadora tras admitir las grabaciones de un detective como prueba

Detectives privados para probar fraudes y avalar despidos procedentesEl Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha confirmado el despido procedente de una trabajadora tras admitir las grabaciones de un detective privado como prueba.

Ante la sospecha de que algo raro pasaba en su farmacia, los propietarios contrataron a un detective privado, que instaló cámaras de videovigilancia en diferentes espacios del establecimiento. Gracias a los dispositivos de grabación, fue posible confirmar que una de las empleadas, que llevaba más de veinte años en el puesto, cogía dinero de la caja, se llevaba artículos del establecimiento sin embolsar su coste e incluso vendía productos de otra farmacia, en la que trabajaba su marido, y guardaba el dinero entre sus pertenencias. Además, la mujer fumaba en el centro de trabajo, pese a que existían carteles prohibiendo fumar en la farmacia.

Estas prácticas desembocaron en el despido de la trabajadora por parte de los propietarios, que le imputaron «faltas muy graves continuadas». La empleada llevó el caso ante la justicia, calificando el despido de improcedente al considerar que las grabaciones del detective vulneraban el artículo 18.4 de la Constitución Española, que garantiza que la ley limitará el uso de la informática para preservar el honor y la intimidad de las personas.

El Tribunal Superior de Justicia no ha estimado el recurso de la ex-trabajadora ya que, tal y como argumenta en la sentencia, «la grabación de imágenes no producía lesión alguna de su derecho a la intimidad».

Sobre la conveniencia o no del uso de las grabaciones del detective como prueba, los expertos aseguran que la grabación 
era una medida justificada al existir sospechas fundadas de la comisión de irregularidades por la empleada, es decir, cumplía los requisitos establecidos por el Tribunal Constitucional para que sea lícita.


miércoles, 25 de febrero de 2015

¿Cuánto cuesta al empresario la baja laboral de uno de sus trabajadores?

Para estimar el coste que le supone a una empresa tener a un trabajador de baja, es preciso diferenciar tres periodos:

Del 1º al 3º día
Investigación de bajas laborales fingidas Detectives servicios empresarialesEl trabajador no cobrará nada durante esos días de baja, pero la empresa tendrá que cotizar por él durante este periodo. Por tanto, el coste para la empresa será la cotización correspondiente a tres días.

Del 4º al 15º día: 
La empresa tiene la obligación de pagar el 60% de la base de cotización del trabajador, considerada ésta la del mes anterior a la baja. Por tanto, en este periodo, el coste para la empresa es el 60% de la base de cotización del trabajador más la cotización a la Seguridad Social.

Del 16º en adelante
El coste para la empresa es exclusivamente la cotización a la Seguridad Social del trabajador.

Es importante aclarar que a partir del día 16º, el coste lo asume la Seguridad Social. No obstante, el pago lo realiza la empresa mediante un pago delegado y, posteriormente, es la empresa la que se descuenta ese valor de los seguros sociales del mes correspondiente.



lunes, 23 de febrero de 2015

Ratifican el despido procedente de un cocinero por preparar un banquete de boda estando de baja laboral

Informe de detectives privados con pruebas para despido procedenteLa Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha confirmado el despido procedente de un cocinero por preparar un banquete de bodas estando de baja laboral en su empresa.

La sentencia indica que el cocinero, que se encontraba en situación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común
llevó a cabo los preparativos para el menú de una boda durante dos días, siendo descubierto gracias al seguimiento que le hizo un detective privado contratado por su empresa.

En el recurso que planteó ante la Sala de lo Social del TSJ, el cocinero expuso que se había limitado a colaborar en la preparación del banquete y que lo hizo sin percibir remuneración alguna, por la relación de amistad que tenía con los novios. Sin embargo, e
l tribunal desestimó la apelación, señalando que "con independencia de esa relación de amistad o que, incluso, fuese de invitado al enlace matrimonial, lo cierto es que llevó a cabo tareas propias de su profesión de cocinero". Añade que "si se encontraba en condiciones de realizar tal actividad, aunque fuese no retribuida, debió haberse reincorporado a su puesto de trabajo".

Fuente: Finanzas.com

viernes, 13 de febrero de 2015

Confirman el despido procedente de un trabajador de baja por depresión tras ser 'cazado' por un detective

Baja por depresión seguimiento detective privado
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha confirmado el despido procedente de un camionero que, estando de baja laboral por depresión, celebró el partido de la final de la Eurocopa, siendo visto ese día por un detective privado "dando muestras de alegría con saltos, brazos en alto y levantando a su hijo en volandas". 

Apenas unas horas antes había acudido a una feria gastronómica, donde permaneció con unos amigos "bebiendo bebidas alcohólicas y conversando y riendo continuamente". 

Dos días después, el detective que le hacía el seguimiento encargado por su empresa, vio cómo cargaba su coche, decorado con los colores de la bandera de España, con sillas de playa, sombrilla y nevera, y se marchaba a La Manga del Mar Menor. 

La Sala de lo Social del TSJ comenta que el despido procedente está justificado porque la conducta del trabajador fue "grave y culpable, pues ha generado en la empresa una pérdida de confianza". Añade que "si bien es cierto que la actividad desplegada por él, en general, no perturbaría o retrasaría su curación, no es menos cierto que se encontraba recibiendo tratamiento farmacológico, lo que no resultaría compatible con la ingestión de bebidas alcohólicas, por lo que se estaría retrasando o perturbando su curación".

El tribunal señala que su conducta concuerda más con un ánimo expansivo que depresivo, lo que indicaría que los síntomas que le llevaron a pasar a la situación de incapacidad temporal el 26 de junio anterior habían desaparecido, "por lo que debió incorporarse a su trabajo de manera inmediata".

Fuente: 20minutos

lunes, 9 de febrero de 2015

¿Qué datos necesita un detective privado para localizar a una persona?

Localización de personas, búsqueda de amigos, morosos. Detectives privados
¿Busca a un familiar o a un amigo al que ha perdido el rastro? ¿Necesita localizar a un moroso o entregar una notificación judicial?

La localización de personas, por unos motivos u otros, es uno de los servicios más demandados hoy por hoy en las agencias de detectives privados

A partir de los datos que el cliente proporciona, los detectives siguen el rastro de la persona en cuestión, consiguiendo llegar hasta ella en la mayoría de los casos. Pero, ¿qué referencias son necesarias para lograr la localización de una persona?

Realmente no hay ningún detalle estrictamente necesario para saber el paradero de una persona. Cualquier información facilitada, por insignificante que parezca a simple vista, puede ser clave para que la búsqueda tenga éxito
Sin embargo, entre los datos más relevantes, se encuentran los siguientes:

· Último domicilio conocido.
· Posibles domicilios donde podría encontrarse.
· Últimos teléfonos de contacto conocidos.
· Vehículos utilizados.
· Costumbres y hábitos.
· Trabajos anteriores.
· Aficiones, hobbies.
· Datos de contacto de familiares y amigos.


lunes, 2 de febrero de 2015

Detectives privados para demostrar que se realiza una actividad laboral en casos de bajas fingidas

Detectives privados en Madrid demuestran la falsa baja laboral¿Sospecha que la baja laboral de uno de sus empleados no es real? ¿Tiene la certeza de que trabaja mientras está de baja y necesita pruebas? ¿Necesita confirmar que no sigue el tratamiento como debería?

El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 20.3, otorga al empresario la facultad 
para adoptar las medidas de control y vigilancia que estime más oportunas con el fin de verificar el cumplimiento por parte del trabajador de sus obligaciones. 

Durante su situación de baja laboral temporal, el trabajador debe colaborar activamente en su recuperación, considerando la jurisprudencia que se transgrede la buena fe contractual y puede ser causa de despido la realización de trabajos durante la situación de incapacidad temporal y la realización de actividades que perturben o demoren la curación del empleado o su futura aptitud laboral.

Para la jurisprudencia, es indiferente que el trabajo realizado sea remunerado o no, o por cuenta propia o ajena, habiéndose considerado como motivo de despido en algunos casos, conforme a sus respectivas sentencias, la conducción esporádica del propio vehículo, la asistencia a bares, la práctica de deportes, las actividades de recreo, etc.

Las pruebas aportadas por detectives privados pueden ser fundamentales a la hora de demostrar la transgresión de la buena fe contractual por parte del trabajador, constituyendo el informe del detective una valiosa prueba testifical, que éste deberá ratificar personalmente en sede judicial.