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miércoles, 8 de enero de 2014

Detectives y Mutuas contra las bajas fingidas

La picaresca no tiene límites. En ocasiones se pilla al mentiroso muy rápido, por detalles como tener las uñas manchadas de grasa, lo que quiere decir que siguen trabajando pese a estar de baja; o el hecho de que les llamen continuamente al móvil, incluso durante la consulta, y comenten con su interlocutor cosas del trabajo.

Las anécdotas en torno a las bajas fingidas son muchas y variadas, desde una madre que fue descubierta explicando a su hija la forma en la que tenía que ponerse el collarín antes de entrar en consulta para que el inspector médico no se diera cuenta, hasta una señora sudamericana que quería viajar a su tierra, alegando que se le había muerto su madre, sin caer en que el certificado de defunción que tuvo que presentar era de 2009.

En otra ocasión, un hombre se cayó del balcón de su casa  al descolgarse por la pared porque se le había roto la cerradura, rompiéndose varios huesos del pie. El hombre acudió a su mutua y trató de hacerlo pasar por un accidente laboral «in itinere». Lo de siniestro laboral lo consiguió, pero no que fuera calificado «in itinere». Para que así fuera, habría de haberse producido por el camino habitual que se toma para ir al trabajo y no puede haber temeridad.

Las agencias de detectives también descubren casos de picaresca, como el de una embarazada a la que se le dio la baja por reposo y fue vista saltando en una barca en la playa, o un hombre que decía tener problemas de cervicales y hombros y sacó un trono en Semana Santa.

Muchas veces, son los mismos afectados quienes se delatan colgando sus fotos en las redes sociales.


Fuente: La Opinión de Málaga



jueves, 27 de junio de 2013

Legitimidad del empresario para verificar casos de absentismo laboral

El artículo 20.4 del Estatuto de los Trabajadores concede al empresario o empleador la facultad de verificar el estado de enfermedad o accidente del empleado para justificar sus faltas de asistencia al trabajo.
 
El objetivo esencial del citado artículo consiste en intentar reducir el nivel de absentismo laboral existente en una empresa causado por la situación de incapacidad temporal. Sus consecuencias no son exclusivamente económicas, sino de todo tipo, ya que el absentismo influye en aspectos organizativos o de producción de la empresa o entidad, que tiene que adaptarse rápidamente al ritmo de trabajo sin contar con algunos de sus empleados, lo que también produce un efecto desmotivador para el resto del personal.
 
Cabe destacar que es posible sancionar al empleado que incurre en conductas contrarias a la buena fue durante la situación de incapacidad temporal realizando actividades contraindicadas por el diagnóstico motivador del parte de baja médica y que perjudican su restablecimiento. Esta sanción disciplinaria, incluido el despido -artículo 54.2 a) ó d) del Estatuto de los Trabajadores-, se puede aplicar también cuando pueda constatarse, de forma fehaciente, que el empleado ha simulado su enfermedad o ha existido connivencia entre él y el médico del servicio público de salud.
 
La constatación de los hechos se puede hacer recurriendo a la vigilancia por parte de detectives privados, que se admiten como vía para controlar la conducta del empleador durante la situación de incapacidad temporal siempre que no lesionen el derecho a la intimidad de éste.
 
Los informes de los detectives constituyen prueba testifical, debiendo éstos presentarse en el juicio personalmente y ratificarlos.
 
 

martes, 30 de abril de 2013

TSJ respalda un despido procedente porque trabajaba en su taller estando de baja

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia desestimó el recurso presentado por un trabajador contra la sentencia de un Juzgado que había declarado anteriormente procedente su despido tras ser descubierto trabajando en su taller a pesar de estar de baja en su empresa.
 
La sentencia indica que la empresa en la que trabajaba comprobó, a través de la investigación realizada por un detective privado, que el empleado, cuando se encontraba en situación de incapacidad temporal, prestaba servicios en el taller de mecánica del que era propietario.
 
El detective pudo comprobar que solía tener la persiana bajada, pero que al acudir los clientes asumía los trabajos que le encargaban, por los que cobraba sus servicios.
 
La Sala rechazó su recurso contra la sentencia que declaró procedente su despido por no poder aceptar lo que alegó en el mismo respecto a que la labor que hacía en su taller era por mera afición, porque cobraba por los servicios que prestaba en el mismo. Además, el demandante sabía que su conducta estaba prohibida, pues subía y bajaba la persina sin dejar abierto el taller, e incluso comentaba a sus clientes la imposibilidad de trabajar estando dado de baja laboral.
 
Fuente: www.finanzas.com

 

lunes, 27 de febrero de 2012

Empresas contratan detectives para investigar bajas laborales injustificadas

El trabajo del detective consiste en hacer un seguimiento del empleado, para lo cual los investigadores se personan en el domicilio del sospechoso y le estudian hasta que recaban el número de pruebas suficiente.

Toda investigación de este tipo toma como eje dos aspectos:

En primer lugar, es preciso determinar que el trabajador de baja está haciendo algo que agrava la lesión que dice tener. Según relatan los detectives, no es extraño descubrir a un aquejado de lumbalgia, por ejemplo, "haciendo esfuerzos físicos en la calle, a temperaturas de cero grados", exponen a modo de ejemplo. Los jueces de lo social, órgano encargado de determinar si un despido es procedente o no, habitualmente no suelen tener demasiadas dudas al dictar sentencia.

Hay otro supuesto, que no es infrecuente: cuando el empleado que goza de esa baja laboral es cazado trabajando para otra empresa, "por ejemplo la de su cuñado", cargando sacos de cemento sobre un hombro que, sobre el papel, estaba maltrecho y había motivado precisamente la baja.

La labor detectivesca siempre se desarrolla en paralelo a la ley, buscando ese efecto. Una vez descubierto el uso fraudulento de la baja laboral, los detectives redactan un informe con las pruebas documentales, en las que se incluyen las fotografías y vídeos. En base a ese dossier, el empresario redacta la carta de despido. Por lo general, si el empleado considera que tiene alguna posibilidad de recurrir, demanda el despido. El caso acaba en un juzgado de lo social, y es el juez quien determina si el despido es procedente o no.

Los detectives consultados no ocultan que, de vez en cuando, es necesaria su presencia en las salas judiciales para aclarar este tipo de situaciones.