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jueves, 7 de diciembre de 2017

La custodia compartida provoca un aumento de la intervención de detectives en procesos de divorcio

Con la custodia compartida, han aumentado los procesos de divorcio en los que se requiere la intervención de un detective privado

La demanda de detectives en esos casos se realiza para verificar si el progenitor atiende a los hijos o los deja con terceras personas, o si pone en riesgo la seguridad de los menores cuando está con ellos.

Son frecuentes también los casos en los que el ex-cónyuge alega no tener ingresos para salir beneficiado a la hora de fijar la pensión alimenticia de los hijos. Cuando se tienen sospechas de que realmente está trabajando, aunque sin nómina, recibiendo pagos en B, el objetivo del detective es obtener pruebas suficientes que demuestren que realiza una actividad laboral. El detective privado puede aportar pruebas gráficas de sus horarios de entrada y salida del trabajo y realizar gestiones que no dejen lugar a dudas de que se encuentra trabajando si la actividad se realiza de cara al público, tales como hacer una compra, solicitar un presupuesto, etc.

También es habitual recurrir a un detective para solicitar la modificación o extinción de la pensión compensatoria. En este caso, es el ex-marido quien contrata a los detectives para corroborar que la mujer percibe ingresos que no declara o que convive en pareja en su domicilio con otra persona.


sábado, 6 de mayo de 2017

Un detective demuestra que un hombre tiene ingresos y puede pagar la pensión alimenticia a sus hijas

Un padre separado permanece en la cárcel por no abonar la pensión alimenticia a sus dos hijas. El acusado asumió la autoría de los hechos y aceptó una pena de siete meses y medio de prisión, sumando así su cuarta condena firme por el mismo motivo. 

A raíz de la sentencia de divorcio del matrimonio dictada en 2007, el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vigo, especializado en Familia, estableció que el padre debía abonar cada mes casi 1.000 euros a sus dos hijas en concepto de pensión de alimentos. Pero ante los sucesivos impagos desde 2009, el acusado fue acumulando condenas. En abril de 2011 fue la primera y se le castigó a trabajos en beneficio de la comunidad. En octubre de 2013 llegó la segunda sentencia y, en febrero de 2014, la tercera, que dictaminó el ingreso en prisión por reincidencia.

En su escrito inicial, la fiscal solicitó la libre absolución al estimar que el padre carecía de capacidad económica para pagar la pensión, llegando a ser archivada la causa. Sin embargo, se reabrió cuando la acusación particular demostró, gracias a la intervención de un detective privado, que el hombre tiene una actividad de comercial y que dispone de ingresos económicos.

Fuente: FARO DE VIGO

jueves, 24 de diciembre de 2015

Extinguen la pensión alimenticia de una joven al demostrarse que ya no convive con su madre

Una joven de 21 años pierde la pensión de alimentos que recibía de su padre al comprobarse que vivía con su novio.

La madre apeló contra la sentencia dictada por un Juzgado de Primera Instancia, alegando que esa convivencia no existía y que la joven continuaba residiendo en su domicilio. Además, indicó que, como admitió la hija, ésta se quedaba en algunas ocasiones en casa de su pareja "para poder estudiar", pero que eso no ocurría con sentido de permanencia, sino "algún día suelto".

Sin embargo, los detectives privados que hicieron un seguimiento a ésta demostraron lo contrario, aportando las pruebas necesarias.

Para retirar la pensión alimenticia a la joven, el juez tuvo en cuenta, no solo la convivencia con el novio, sino que no había mostrado interés por los estudios, poniendo como ejemplo que acabó la ESO con 19 años, cuando lo normal es hacerlo a los 16 años.

La Audiencia, por tanto, ha desestimado la apelación al considerar probado que la joven convive en el domicilio de su novio y demostrado que no lo hace en el de su madre.

Fuente: ABC.es


jueves, 16 de julio de 2015

El informe del detective, esencial para probar que se ocultan ingresos

La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un hombre, que pidió la reducción de la pensión alimenticia que pasaba a su hijaal sospechar que oculta datos sobre sus ingresos.

El apelante expuso que sus ingresos habían disminuido al figurar en un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) promovido por la entidad bancaria en la que prestaba sus servicios. Sin embargo, tras el seguimiento que le hizo una detective privadoel informe concluyó que trabajaba en un despacho de abogados.

El hombre aseguró que sólo realizaba prácticas dentro del máster que estaba cursando, pero la Audiencia ha desestimado el recurso considerando que no se han aclarado suficientemente las condiciones y circunstancias en que se produjo su cese laboral en el banco, ni si fue voluntario o incentivado, ni se sabe la cantidad, en su caso, recibida. Además, con el informe de la detective, el tribunal considera que se ha demostrado que presta sus servicios en el bufete de abogados donde se le vio entrar y salir.

En la sentencia se afirma que el apelante tiene capacidad económica suficiente para satisfacer el importe de la pensión de alimentos.

Fuente: ABC.es

martes, 26 de mayo de 2015

¿Cuándo se extingue la pensión alimenticia? Detectives privados para aportar pruebas ante el juez

A menudo acuden a las agencias de detectives privados progenitores obligados al pago de la pensión alimenticia de sus hijos, mayores de edad, que requieren servicios de investigación privada para solicitar la extinción o reducción de la pensión.

Para conseguir la extinción o reducción de la pensión de alimentos de un hijo mayor de edad, el progenitor ha de interponer un procedimiento de modificación de medidas y acreditar que han cambiado las circunstancias que en su día aconsejaron poner esa pensión alimenticia y en esa cuantía. 

En estos procedimientos es esencial probar la desidia o dejadez del joven en finalizar sus estudios o en la búsqueda de un empleo para que se acceda a la petición de extinguir la pensión alimenticia, ya que, de lo contrario, el progenitor no conseguirá sus pretensiones. Así ocurrió, por ejemplo, en el siguiente caso:

Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 12,  561/2012, de 13 de septiembre: 
No se ha acreditado por el padre que el hijo, mayor de edad, no haya accedido al trabajo por desidia o por cualquier causa imputable a él, por lo que procede mantener la pensión de alimentos que ha desatendido voluntariamente”.

En sentido contrario, tenemos numerosos ejemplos en los se ha resuelto la extinción de la pensión alimenticia. Entre ellos:

Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia, Sección 10, 547/2012, de 18 de julio: 
Se acuerda la extinción de la pensión alimenticia a favor del hijo mayor de edad de 20 años, pues consta que ha dejado de estudiar sin que se sepa si trabaja o no, siendo situación a él imputable, mientras que el padre ha perdido su empleo”.

Sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga, Sección 6, 428/2012, de 19 de julio: 
La desidia del hijo de 26 años en la dedicación a los estudios que le permitirán trabajar supone el cese de la obligación de alimentos, ha propiciado además el absoluto deterioro de las relaciones familiares con sus agresiones físicas y verbales”.

Además, cada vez son más los juzgados que fijan un límite temporal para percibir la pensión de alimentos. Ejemplo de ello es la sentencia de la Audiencia Provincial de Soria, Sección 1, 142/2012, de 5 de diciembre: “La obligación alimenticia de los hijos mayores de edad no puede tener carácter incondicional e ilimitado temporalmente por lo que se extinguirá cuando la hija alcance la independencia económica o bien cuando cumpla 25 años”.