¿El régimen de visitas de sus hijos ha sido suspendido como consecuencia del Estado de Alarma y necesita saber cómo y con quién se encuentran?
Tras la publicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se decretaba el Estado de Alarma en España y la consiguiente limitación de movimientos de los ciudadanos, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) emitió un comunicado para tratar de unificar criterios en relación a los regímenes de custodia, visitas y estancias en procedimientos de familia.
En su interpretación del Real Decreto 463/2020, el CGPJ concluyó que, ante la necesidad de preservar la salud de hijos y progenitores se podría llevar a cabo, según las circunstancias, la modificación del régimen de custodia, visitas y estancias, alterando o suspendiendo la ejecución de las medidas acordadas, y estableció que correspondería al juez decidir en cada caso sobre el régimen establecido, lo que en algunos casos ha llevado a la suspensión de los encuentros entre hijos y progenitores.
En los peores casos, la mala relación entre progenitores y/o la ausencia de comunicación entre ellos ha llevado, a medida que pasan los días de confinamiento como consecuencia del COVID-19, a una creciente preocupación por el estado de los hijos, dónde están y a cargo de quién se encuentran, especialmente si el progenitor con el que se han quedado trabaja fuera de casa.
Con la publicación de la Orden SND/370/2020, de 25 de abril, por la que se permite el desplazamiento a menores de 14 años durante una hora al día, la intervención de un detective privado permite la posibilidad de ver salir a los menores de sus domicilios, y conocer de primera mano cómo se encuentran y si están al cuidado de una persona responsable, pudiendo disipar así las dudas de los progenitores que se encuentran lejos de ellos.