El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia respalda la procedencia del despido de una trabajadora a la
que un detective privado descubrió prestando sus servicios en una empresa
familiar con un aspecto «jovial y sonriente», que no denotaba el estado de
ansiedad que había alegado para pedir la baja.
La sentencia confirma así la dictada por un juzgado que declaró procedente el
cese de la relación laboral que esta trabajadora mantenía con una empresa de
transportes, en la que prestaba sus servicios como auxiliar administrativo.
Según la sentencia confirmada, la trabajadora, tras prestar declaración ante la Policía a raíz
de la denuncia presentada por la empresa por cobrar indebidamente unos pagarés,
se presentó en el Servicio de Urgencias de Molina de Segura (Murcia), donde expuso a los facultativos que sentía palpitaciones, boca seca
y nerviosismo, y fue diagnosticada de ansiedad.
Al día siguiente, acudió al Servicio de Urgencias del Hospital Virgen de la Arrixaca de Murcia,
«refiriendo ánimo triste en los últimos meses, desesperanza con respecto al futuro,
dificultad para concentrarse en el trabajo e insomnio, siendo diagnosticada de
crisis de ansiedad y probable síndrome ansioso-depresivo». Ese mismo día, inició un proceso de incapacidad por contingencias comunes.
Estando en esa situación, fue objeto de un seguimiento por parte de un detective, quien observó que prestaba sus servicios en una empresa regentada
por su esposo y se la pudo ver «con aspecto muy
cuidado, sin que su forma de expresarse, ni en su imagen o apariencia externa,
se le apreciara signo alguno de ansiedad, estrés, tristeza, abatimiento,
preocupación o estado de ánimo bajo, manteniendo conversación con vecinas del
establecimiento de forma jovial y sonriente».
Fuente: LA VERDAD
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