
La sentencia indica
que el Juzgado de San Javier declaró la
resolución del contrato de arrendamiento suscrito entre las partes en octubre
de 1998 y comunicó al demandado "que debía dejar la finca libre y expedita
en el plazo de un mes".
Aunque la parte demandada negó que se hubiera
producido un subarriendo sobre esta propiedad rústica, tanto el Juzgado como
la Audiencia indican que se ha probado lo contrario. Entre las pruebas tenidas en cuenta para llegar a esa
conclusión, la sala afirma que el arrendatario fue declarado en situación de
incapacidad permanente total para su profesión habitual de profesional de la
agricultura como consecuencia del accidente sufrido en el año 2001, en el que perdió
una pierna. Igualmente, la sentencia tiene en cuenta lo manifestado por varios testigos y el informe elaborado por un detective privado, que señala que el propio subarrendatario confirmó que su sobrino no tenía nada que ver con la finca desde que tuvo el accidente.
Fuente: Abc.es
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