La empresa en la que trabajaba, encuadrada en el sector de
industrias cárnicas, tenía la sospecha de que su empleado hacía un
uso irregular del crédito sindical al utilizar esas horas para
trabajar en su propio negocio, dedicado a la preparación de cabezas
de cordero para restaurantes.
Los detectives privados que por encargo de aquélla le hicieron un
seguimiento haciéndose pasar por clientes interesados en la compra
de una partida de cabezas preparadas, pudieron comprobar la
presencia en su negocio en los días y en las horas en que el
trabajador había comunicado a sus jefes que iba a estar dedicado a
su labor como representante de los trabajadores.
El Juzgado de lo Social número 2 de Murcia declaró que "el despido del demandante fue procedente,
quedando convalidada la extinción del contrato de trabajo, sin
derecho a indemnización ni a salarios de tramitación, con absolución
de la empresa de todas las pretensiones deducidas en su contra". Ahora, al desestimar el TSJ su recurso contra la anterior resolución, la
Sala de lo Social afirma que "los hechos declarados probados dejan
constancia de que el demandante simultaneaba trabajo por cuenta de
la empresa con la explotación de un negocio propio", añadiendo que
en dos ocasiones aprovechó las horas sindicales para dedicarlo a
éste.

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