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miércoles, 1 de julio de 2015

Un informe de detectives privados corrobora que puede volver a trabajar

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ) ha desestimado el recurso presentado por un hombre, con depresión tras un accidente laboral, contra la resolución judicial que declaró que estaba en condiciones de volver a trabajar.

El hombre sufrió un accidente laboral en 2007 cuando, al manipular la manguera de un camión cisterna, recibió un chorro de agua y gas fenol en el pecho y en la cara. Como consecuencia del accidente, pasó a la situación de incapacidad total permanente para su trabajo habitual pero, tras la revisión posterior de dicha resolución, se consideró que su estado había mejorado y que se encontraba en condiciones de volver al trabajo.

Al proceso fue incorporado un informe realizado por detectives privados "en el que se observa que camina sin claudicación, que conduce diferentes vehículos y que carga pesos".

El Juzgado de lo Social desestimó su demanda y absolvió al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), a la empresa y a una mutua, a los que el hombre había demandado.

Ahora, la Sala de lo Social del TSJ, al rechazar su apelación, indica que no se ha demostrado que no esté en condiciones de desarrollar sus tareas habituales y añade que "no está probado que los medicamentos le impidan conducir, ni que sus afectaciones psíquicas sean de gravedad para obtener una incapacidad permanente total". 

Fuente: ABC.es

viernes, 26 de junio de 2015

Admiten como prueba las imágenes de cámaras puestas sin avisar y avalan el despido de un trabajador

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid ha resuelto que la instalación temporal de cámaras en el puesto de trabajo sin avisar a los trabajadores afectados, sino únicamente al presidente del comité de empresa, cuando existen sospechas fundadas de que el trabajador está robando a la empresa, no vulnera su derecho a la intimidad y a la propia imagen y, por tanto, el despido disciplinario basado en las imágenes es procedente.


A finales de 2012, una empresa de ropa, tras hacer un inventario, echó en falta un total de 112 prendas, cifra muy superior a las habituales en anteriores inventarios. Por eso, la dirección empresarial comunicó a la presidenta del comité de empresa que había decidido instalar unas cámaras ocultas que enfocarían a los armarios donde se guarda el producto para así detectar quién o quiénes podían estar apropiándose del mismo.


Para la instalación de las cámaras, la empresa acudió a una agencia de detectives privados y, gracias a las grabaciones, comprobaron que un trabajador tenía guardadas varias prendas, que plegó y guardó en bolsas para llevárselas, y que coincidían con las que faltaban en la realización del inventario.


A la vista de las circunstancias, la empresa acordó incoar expediente disciplinario y despedir al trabajador y, tanto el Juzgado de lo Social número 2 de Madrid, como ahora el TSJ, han declarado la procedencia del despido.


El trabajador ha impugnado como prueba "válida, idónea y proporcional" la grabación de las imágenes porque, en su opinión, se vulnera el derecho regulado en el artículo 18.4 de la Constitución, relativo a la limitación del uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal.


También la Agencia Española de Protección de Datos apoyaba esta idea, criticando en su informe que no se habían colocado carteles informativos de las zonas de grabación, ni se había notificado a los representantes de los trabajadores.

Sin embargo, el TSJ sostiene que el caso es idéntico al enjuiciado por el Tribunal Constitucional en sentencia 186/00, donde se consideraba que era una medida justificada, ya que existían razonables sospechas de la comisión por parte del trabajador de graves irregularidades en su puesto de trabajo; idónea para la finalidad pretendida por la empresa, esto es, verificar si el trabajador cometía efectivamente las irregularidades sospechadas y en tal caso adoptar las medidas disciplinarias correspondientes; necesaria, ya que la grabación serviría de prueba de tales irregularidades; y equilibrada, pues la grabación de imágenes se limitó a la zona de la caja y a una duración temporal limitada. Por estos motivos, el Tribunal Constitucional descartó que se produjera lesión alguna del derecho a la intimidad personal.

La sentencia añade además que, en tanto que la instalación de las cámaras atiende a las sospechas fundadas de que el trabajador estaba sustrayendo prendas, "sería absurdo exigir a la empresa una comunicación a los trabajadores de la instalación de las cámaras (...) así como la colocación de carteles de publicidad pues, de esta forma, se arruinaría con toda seguridad la finalidad buscada". Por ello, "hay que considerar admisible la sustitución de la información a los trabajadores por la efectuada al presidente del comité de empresa".



martes, 9 de junio de 2015

Logran reabrir el caso de la muerte de su hijo en un accidente apoyados por las pruebas de un detective

Un joven de 22 años falleció en 2011 en un accidente de tráfico en Vélez-Málaga. La investigación concluyó que se había caído de la moto en la que circulaba, sin que intervinieran otros vehículos. Sin embargo sus padres, a quienes nunca convenció dicha explicación, creen que en el siniestro pudo estar implicado un coche.

Desde entonces, mantienen una batalla judicial contra el archivo del procedimiento penal e incluso han recurrido a un detective privado para que se esclarezca lo ocurrido. Después de mucho litigar, han conseguido, al menos, que la Audiencia Provincial reabra el caso.

El accidente se produjo en el kilómetro 265 de la autovía A-7, a su paso por el término municipal de Vélez-Málaga. La moto volcó y acabó chocando contra la barrera metálica de seguridad. La Guardia Civil, que se hizo cargo del atestado, localizó a un testigo directo, que aseguró que «en modo alguno» intervino otro vehículo en el accidente y que la parte trasera de la moto se movió de un lado a otro y el conductor perdió el control.

El testigo afirmó que la pronunciada huella de frenada que quedó sobre el asfalto correspondía a un Mercedes Benz de color gris en el que viajaban un médico y una enfermera, que tuvo que maniobrar para no atropellar al motorista, según declaró.

Un mes después del siniestro, el juzgado archivó provisionalmente el caso al entender que «no aparecía debidamente justificada la perpetración del delito». La familia presentó un recurso contra la decisión pidiendo una investigación más exhaustiva, pero fue desestimado. Posteriormente, apelaron a la Audiencia Provincial, obteniendo la misma respuesta.

Los padres del joven contrataron entonces a un detective privado para indagar en la posible participación de terceras personas que «estaban en el lugar de los hechos e incluso se las menciona en el atestado». El investigador identificó al supuesto conductor del Mercedes Benz, que no era médico, sino fiscal, tal y como consta en la solicitud de reapertura del procedimiento. También localizó a otros tres testigos, dos de los cuales lo reconocieron como la persona que estuvo presente en el accidente.

Al inspeccionar el coche, el detective observó un desperfecto en la aleta delantera derecha, «provocado al parecer por un golpe», y averiguó que fue reparado en marzo de 2012 en un taller de Torremolinos. 

Por otro lado, la familia del joven encargó a un perito que examinara los daños de la motocicleta. El experto halló lo que «parecen ser marcas de pintura gris metalizada» en los neumáticos y señaló como «causa probable» del accidente un roce que desequilibró la moto.

A la vista de la investigación impulsada por los padres, la Audiencia Provincial considera que existen motivos suficientes para reabrir la causa, escuchar a los nuevos testigos y tomar declaración al conductor del Mercedes Benz así como a su acompañante. «No se comprende la razón por la que han negado su presencia [...] cuando algunos testigos señalan no solamente que estuviesen allí, sino que intentaron atender o ayudar al fallecido, manifestando incluso la señora que era enfermera», dice la resolución de la Sección Primera, que no es recurrible.

Fuente: SUR.es

martes, 26 de mayo de 2015

¿Cuándo se extingue la pensión alimenticia? Detectives privados para aportar pruebas ante el juez

A menudo acuden a las agencias de detectives privados progenitores obligados al pago de la pensión alimenticia de sus hijos, mayores de edad, que requieren servicios de investigación privada para solicitar la extinción o reducción de la pensión.

Para conseguir la extinción o reducción de la pensión de alimentos de un hijo mayor de edad, el progenitor ha de interponer un procedimiento de modificación de medidas y acreditar que han cambiado las circunstancias que en su día aconsejaron poner esa pensión alimenticia y en esa cuantía. 

En estos procedimientos es esencial probar la desidia o dejadez del joven en finalizar sus estudios o en la búsqueda de un empleo para que se acceda a la petición de extinguir la pensión alimenticia, ya que, de lo contrario, el progenitor no conseguirá sus pretensiones. Así ocurrió, por ejemplo, en el siguiente caso:

Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 12,  561/2012, de 13 de septiembre: 
No se ha acreditado por el padre que el hijo, mayor de edad, no haya accedido al trabajo por desidia o por cualquier causa imputable a él, por lo que procede mantener la pensión de alimentos que ha desatendido voluntariamente”.

En sentido contrario, tenemos numerosos ejemplos en los se ha resuelto la extinción de la pensión alimenticia. Entre ellos:

Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia, Sección 10, 547/2012, de 18 de julio: 
Se acuerda la extinción de la pensión alimenticia a favor del hijo mayor de edad de 20 años, pues consta que ha dejado de estudiar sin que se sepa si trabaja o no, siendo situación a él imputable, mientras que el padre ha perdido su empleo”.

Sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga, Sección 6, 428/2012, de 19 de julio: 
La desidia del hijo de 26 años en la dedicación a los estudios que le permitirán trabajar supone el cese de la obligación de alimentos, ha propiciado además el absoluto deterioro de las relaciones familiares con sus agresiones físicas y verbales”.

Además, cada vez son más los juzgados que fijan un límite temporal para percibir la pensión de alimentos. Ejemplo de ello es la sentencia de la Audiencia Provincial de Soria, Sección 1, 142/2012, de 5 de diciembre: “La obligación alimenticia de los hijos mayores de edad no puede tener carácter incondicional e ilimitado temporalmente por lo que se extinguirá cuando la hija alcance la independencia económica o bien cuando cumpla 25 años”.


lunes, 18 de mayo de 2015

Detectives privados descubren cocineros ilegales

La Asociación de Catering y Chefs de Ibiza y Formentera seguirá contando esta temporada con un detective privado para destapar a ilegales que, sin cumplir la normativa, ejercen esta profesión en la isla. El objetivo es erradicar el intrusismo en el sector en menos de tres años.

El portavoz de la asociación ha afirmado que están muy satisfechos con la labor del detective, ya que detectaron a 35 personas o empresas ilegales de catering en la isla, 
con grandes webs en las que han invertido mucho dinero, puesto que se lo pueden permitir al no pagar impuestos.

Todos ellos han sido denunciados, habiendo reaccionado algunos correctamente, regularizando su situación.

El portavoz ha resaltado la importancia de que estos profesionales trabajen cumpliendo las normas en cuanto al material utilizado o la manipulación de alimentos. Deben evitar que la comida esté al sol y usar cajas térmicas porque, de trabajar incorrectamente, pueden provocar intoxicaciones y un gran perjuicio al sector.

Fuente: ELMUNDO

lunes, 11 de mayo de 2015

¿Cómo planifica un detective el seguimiento de una persona que llega a Madrid?

El control de los movimientos que realiza una persona de fuera de Madrid durante su estancia en la capital es uno de los casos más habituales que llegan hasta las agencias de detectives privados de Madrid.

Conocido su momento de llegada a Madrid y el medio de transporte que utilizará, ya sea avión, tren o autobús, los detectives privados encargados de la investigación localizarán la estación o el aeropuerto que será punto de partida del seguimiento de la persona en cuestión.

Una vez determinada la estación o la terminal del aeropuerto a la llegará el investigado, los detectives localizarán sus salidas, tanto en transporte público como privado, para realizar el seguimiento posterior correctamente y poder reaccionar de la forma más adecuada ante cualquier imprevisto.

Normalmente, en este tipo de operaciones es éste el punto más delicado y donde se producen más contratiempos, por lo que una buena planificación reduce los riesgos y marca la diferencia entre el éxito y el fracaso.

Sin escatimar en medios, tanto humanos como técnicos, y con el fin de mantener un control total sobre 
la persona objeto de la vigilancia, nuestros detectives privados ponen todo su empeño en afianzar este punto clave de la investigación.

lunes, 4 de mayo de 2015

Detectives y localización de personas: Presenta el divorcio por Facebook al no encontrar a su marido

Una mujer de Nueva York podrá presentar los papeles de divorcio a través de un mensaje directo de Facebook, dado que su marido está desaparecido desde el enlace.

La mujer está casada por lo civil con él desde 2009, pero nunca vivieron juntos. Al parecer, la pareja se había peleado porque el hombre rechazó celebrar una ceremonia tradicional en Ghana, país del cual era originaria la pareja.

El pasado 27 de marzo, la Corte Suprema de Nueva York autorizó el uso de Facebook, dado que se desconoce el paradero del hombre desde el 2011.

Aunque un detective privado intentó localizarlo, no tuvo éxito, motivo por el que el juez Matthew Cooper autorizó transmitir los papeles de divorcio vía Facebook, considerando poco probable que el hombre recibiera la información mediante un anuncio en un periódico.

El abogado de la mujer deberá ahora enviar un mensaje semanal durante 21 días e intentar, además, encontrarlo por teléfono y vía SMS. Después de ello, los papeles se considerarán presentados. 

De acuerdo con el diario New York Daily News, el primer intento de contacto ya se produjo, aunque sin éxito.

Fuente: EL MUNDO