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sábado, 7 de marzo de 2015

La Agencia de Protección de Datos ratifica a los Detectives Privados como los únicos que pueden investigar datos personales en materia financiera

Varios directivos de la Agencia Española de Protección de Datos, del Tribunal Supremo, de la Audiencia Nacional y de la Dirección General de la Policía y Guardia Civil ratifican la figura del Detective Privado como único profesional habilitado por Ley para investigar datos personales en materia financiera y sus informes como prueba que se puede aportar en demandas para la recuperación de deudas.

El Detective Privado es el único profesional habilitado para obtener y aportar información y pruebas sobre conductas o hechos privados, considerándose conductas o hechos privados los que afecten al ámbito económico, laboral, mercantil y financiero. No se admiten en la Investigación Privada más figuras que la de los Detectives Privados, excluyendo así a los investigadores mercantiles (sentencia 1/2008 del Tribunal Supremo)

Los informes realizados por un Detective Privado están en su Libro de Registro, según las exigencias del Ministerio del Interior. Este control ha permitido comprobar que las peticiones de investigación a Detectives Privados por parte de entidades financieras han aumentado considerablemente en los últimos años: detección de morosos, de patrimonio, etc… Además, la entidad que contrata los servicios de un Detective Privado puede aportar ese informe como prueba en las demandas para la recuperación del crédito (artículo 265 de la Ley de Enjuiciamiento Civil)

Detectives privados en Madrid informes económicos búsqueda de morososCualquier entidad puede encargar a un Detective Privado una investigación sobre los datos personales de una persona, siempre que exista un interés legítimo. Por lo tanto, estas investigaciones pueden ser encargadas por entidades que mantengan una relación contractual o pre-contractual con el investigado, siempre que la información que se pretende recabar sea necesaria para el mantenimiento de ese contrato. Además, cuando una entidad financiera contrata a un Detective Privado, puede facilitarle los datos personales del investigado sin el consentimiento de éste, ya que tanto el principio de consentimiento como el de información, piezas angulares de la Ley Orgánica de Protección de Datos, ceden en beneficio de la actuación del Detective Privado, amparada por la Ley de Seguridad Privada.

Por su parte, una sentencia de la Sala de Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional (Sentencia del 21/01/2010. Rec. 682/2009) aclara que una entidad financiera puede incorporar los datos nuevos aportados por los Detectives Privados, siempre y cuando sea con un uso destinado a la misma finalidad por la que lo contrata, la recuperación de la deuda.

Fuente: ECOFIN

lunes, 2 de marzo de 2015

Confirman el despido de una trabajadora tras admitir las grabaciones de un detective como prueba

Detectives privados para probar fraudes y avalar despidos procedentesEl Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha confirmado el despido procedente de una trabajadora tras admitir las grabaciones de un detective privado como prueba.

Ante la sospecha de que algo raro pasaba en su farmacia, los propietarios contrataron a un detective privado, que instaló cámaras de videovigilancia en diferentes espacios del establecimiento. Gracias a los dispositivos de grabación, fue posible confirmar que una de las empleadas, que llevaba más de veinte años en el puesto, cogía dinero de la caja, se llevaba artículos del establecimiento sin embolsar su coste e incluso vendía productos de otra farmacia, en la que trabajaba su marido, y guardaba el dinero entre sus pertenencias. Además, la mujer fumaba en el centro de trabajo, pese a que existían carteles prohibiendo fumar en la farmacia.

Estas prácticas desembocaron en el despido de la trabajadora por parte de los propietarios, que le imputaron «faltas muy graves continuadas». La empleada llevó el caso ante la justicia, calificando el despido de improcedente al considerar que las grabaciones del detective vulneraban el artículo 18.4 de la Constitución Española, que garantiza que la ley limitará el uso de la informática para preservar el honor y la intimidad de las personas.

El Tribunal Superior de Justicia no ha estimado el recurso de la ex-trabajadora ya que, tal y como argumenta en la sentencia, «la grabación de imágenes no producía lesión alguna de su derecho a la intimidad».

Sobre la conveniencia o no del uso de las grabaciones del detective como prueba, los expertos aseguran que la grabación 
era una medida justificada al existir sospechas fundadas de la comisión de irregularidades por la empleada, es decir, cumplía los requisitos establecidos por el Tribunal Constitucional para que sea lícita.


miércoles, 25 de febrero de 2015

¿Cuánto cuesta al empresario la baja laboral de uno de sus trabajadores?

Para estimar el coste que le supone a una empresa tener a un trabajador de baja, es preciso diferenciar tres periodos:

Del 1º al 3º día
Investigación de bajas laborales fingidas Detectives servicios empresarialesEl trabajador no cobrará nada durante esos días de baja, pero la empresa tendrá que cotizar por él durante este periodo. Por tanto, el coste para la empresa será la cotización correspondiente a tres días.

Del 4º al 15º día: 
La empresa tiene la obligación de pagar el 60% de la base de cotización del trabajador, considerada ésta la del mes anterior a la baja. Por tanto, en este periodo, el coste para la empresa es el 60% de la base de cotización del trabajador más la cotización a la Seguridad Social.

Del 16º en adelante
El coste para la empresa es exclusivamente la cotización a la Seguridad Social del trabajador.

Es importante aclarar que a partir del día 16º, el coste lo asume la Seguridad Social. No obstante, el pago lo realiza la empresa mediante un pago delegado y, posteriormente, es la empresa la que se descuenta ese valor de los seguros sociales del mes correspondiente.



lunes, 23 de febrero de 2015

Ratifican el despido procedente de un cocinero por preparar un banquete de boda estando de baja laboral

Informe de detectives privados con pruebas para despido procedenteLa Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha confirmado el despido procedente de un cocinero por preparar un banquete de bodas estando de baja laboral en su empresa.

La sentencia indica que el cocinero, que se encontraba en situación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común
llevó a cabo los preparativos para el menú de una boda durante dos días, siendo descubierto gracias al seguimiento que le hizo un detective privado contratado por su empresa.

En el recurso que planteó ante la Sala de lo Social del TSJ, el cocinero expuso que se había limitado a colaborar en la preparación del banquete y que lo hizo sin percibir remuneración alguna, por la relación de amistad que tenía con los novios. Sin embargo, e
l tribunal desestimó la apelación, señalando que "con independencia de esa relación de amistad o que, incluso, fuese de invitado al enlace matrimonial, lo cierto es que llevó a cabo tareas propias de su profesión de cocinero". Añade que "si se encontraba en condiciones de realizar tal actividad, aunque fuese no retribuida, debió haberse reincorporado a su puesto de trabajo".

Fuente: Finanzas.com

lunes, 26 de enero de 2015

Investigación y detección del fraude para las compañías aseguradoras

¿Qué posibilidades hay de que una madre y su hijo se caigan en distintas tiendas del mismo Centro Comercial, el mismo día, con pocos minutos de diferencia y que además sufran idénticas lesiones?

Las evidencias de este caso las aportaron los detectives privados contratados por la aseguradora de ambos establecimientos, que era la misma compañía, algo que ignoraban los aspirantes a defraudadores.

Otro caso curioso es el de una mujer que demandó a un Centro Comercial por una lesión en la rodilla, producida al resbalar en un charco de agua que ella misma había derramado poco antes de la caída, como se pudo demostrar gracias a las cámaras de seguridad del centro.
Detectives privados detectan fraudes en compañías aseguradoras
Tampoco tuvo suerte un hombre que intentó perjudicar a un vecino con el que estaba enemistado fingiendo que éste le había atropellado y causado lesiones. P
ara ello, robó la documentación del vehículo de su vecino, al enterarse de que estaba en reparación en un taller cercano, con lo que consiguió los datos necesarios para rellenar el parte de lesiones. Sin embargo, olvidó un pequeño detalle: no era muy creíble que el taxi que supuestamente le llevó al hospital tras el atropello le costara 3.600 euros, según una factura que presentó.

También es posible encontrar cosas muy curiosas en las redes sociales, como fotografías de un supuesto tetrapléjico bailando.

Pese a que los fraudes son muchos y muy imaginativos, el trabajo de investigación y detección realizado por detectives privados para las aseguradoras es intenso, lo que permite a éstas reducir considerablemente los millones de euros defraudados cada año. Las aseguradoras invierten cada vez más en mejorar sus programas de investigación y detección para este fin.


jueves, 22 de enero de 2015

¿Qué formación académica tiene un detective privado?

Para trabajar como detective privado es necesario disponer de la tarjeta de identificación profesional (TIP), que habilita legalmente como tal.

Para solicitar dicha tarjeta de identificación profesional, además de cumplir una serie de requisitos, tales como poseer la capacidad física y la aptitud psicológica necesaria para el ejercicio de las funciones propias del detective o carecer de antecedentes penales, se ha de superar un curso universitario de tres años de duración en el que se imparten asignaturas de Derecho, Sociología, Psicología, Imagen y Sonido, Técnicas de Investigación e Informática, entre otras disciplinas.

Aunque varía de unas universidades a otras, por ejemplo en la Universidad Complutense de Madrid o en la UNED se exige, al menos, una titulación de Ingeniero Técnico, Diplomado o equivalentepara acceder a dicho curso universitario se requiere haber alcanzado unos estudios mínimos de Bachiller.

Finalizados los estudios de Detective Privado, se ha de solicitar al Ministerio del Interior la citada habilitación para el ejercicio profesional.


martes, 20 de enero de 2015

¿Es legal 'ponerle' un detective privado?

Contratar a un detective privado para la obtención de una determinada información, realizar vigilancias o seguimientos, es absolutamente legal y está amparado por la Ley 5/2014 de Seguridad Privada.

Sin embargo, el encargo realizado por el cliente ha de estar motivado por una causa legítima. El detective privado únicamente llevará a cabo investigaciones sobre personas con las que su cliente esté legítimamente relacionado, bien en el ámbito económico, laboral, mercantil o financiero, bien en su vida personal, familiar o social. 

Además, la utilización posterior del informe elaborado por el detective y sus pruebas ha de ser la misma por la que contrató los servicios de investigación privada.

Axira Detectives - Agencia de detectives privados en Madrid