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lunes, 28 de septiembre de 2015

Detenido por robar miles de kilos de carne gracias a la investigación de una agencia de detectives

Agentes del Cuerpo Nacional de Policía detuvieron la semana pasada al encargado de una sala de despiece de una empresa dedicada a la comercialización de carne por robar, presuntamente, miles de kilos carne para su venta a terceros.

En el momento de la detención, el empleado ocultaba 200 kilos de carne de vacuno y de cerdo en el maletero de su vehículo particular, aparcado en las inmediaciones del almacén.

Aprovechando la relación de confianza que mantenía con los dueños y de su puesto de responsabilidad en la empresa, tejió una red de contactos para la posterior distribución fraudulenta de la carne. La cantidad defraudada a la empresa durante el último año podría superar los 100.000 euros.

Todo parece indicar que el detenido comenzó sustrayendo pequeñas cantidades de carne, presumiblemente para consumo propio y, al no ser descubierto, comenzó a ampliar su círculo de contactos, a los que ofrecía la carne de mejor calidad a un precio muy inferior al que se maneja en el mercado cárnico. Incluso durante los últimos meses llegó a sustraer por encargo piezas de carne concretas, tanto por calidad como por peso.

Las sospechas saltaron cuando los propietarios empezaron a notar desfases en la contabilidad, ya que la cantidad de género que se registraba a la entrada no tenía reflejo contable posterior, por lo que intuyeron que algún empleado con cargo de responsabilidad estaba detrás. 

Para confirmar sus sospechas, recurrieron a una agencia de detectives privados, cuya investigación concluyó que el detenido en ocasiones atendía pedidos de diversos establecimientos, siendo identificados entre los compradores sidrerías, carnicerías, bares y restaurantes.

Tras obtener las pruebas necesarias, lo comunicaron a la Policía y se informó a la Consejería de Sanidad por si se hubiera cometido alguna irregularidad en la distribución de la carne fuera de los canales habituales y esto pudiera afectar a la salud de los posibles consumidores. Según el comunicado policial, no se descartan probables responsabilidades penales y administrativas por parte de los propietarios de los establecimientos, e incluso particulares, que adquirieron la mercancía sustraída a sabiendas de lo irregular de su comercialización. 

El detenido ha sido despedido de la empresa y la actuación policial remitida al Juzgado de Instrucción correspondiente. 


martes, 22 de septiembre de 2015

Detectives privados para investigar la comercialización de perfumes equivalentes usando marcas ajenas

En los últimos años, ha habido un intenso debate sobre la comercialización de perfumes equivalentes en su olor a los de marcas notorias o renombradas. 

Una sentencia reciente, de 14 de enero de 2015, resuelve determinados aspectos respecto a los hechos que en ella se describen. Los demandantes, titulares de marcas de perfumes que la propia sentencia declara notorias, consideran que infringen sus marcas registradas:

- La existencia de listados de equivalencias.

- Frases consignadas en los productos, tales como "Si te gustó ... [marca notoria], prueba ... [perfume equivalente]".

Los listados de equivalencia son listados de perfumes que el fabricante de los mismos facilita a su distribuidor para que sepa cuál es la fragancia y marca propia asociada a la marca notoria.

En este caso, los demandados alegaron que estos listados de equivalencias eran de uso interno, entre el fabricante y el distribuidor, pero no están expuestos en las tiendas ni se facilitan a los consumidores, por lo que no trascienden al mercado.

En la sentencia, el Juzgado entiende, con apoyo en varias conocidas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que "el uso en el tráfico económico debe entenderse como aquel que se realiza en el marco de una actividad comercial con ánimo de lucro y al margen de la esfera privada", por lo que concluye que, teniendo los demandados evidente ánimo de lucro y al margen de la esfera privada, estos listados de equivalencias no lleguen al consumidor final. En todo caso, en la sentencia se hace alusión a informes de detectives privados que acreditaban que en ocasiones se facilitaban o exhibían estos listados de equivalencias a los propios clientes.

En cuanto a las frases en que se citan las dos marcas, los demandados alegaron las limitaciones del derecho de marca, y en especial la necesidad de citar la marca notoria con fines "descriptivos". Sin embargo, la sentencia concluye que, aun
 siendo conveniente incluir una referencia sobre la equivalencia a fin de que el consumidor pueda elegir el perfume que desee sin llegar a probarlo, ello no implica que sea necesario, pues existen otras formas de comercializar el producto sin necesidad de referirse a una marca notoria ajena. 

Asimismo, la sentencia afirma que, aunque decir que un producto se parece a otro tiene naturaleza descriptiva, "penetra en el ámbito del aprovechamiento del prestigio, notoriedad y calidad" de la marca para que el producto equivalente sea más competitivo, ya que al citar la marca notoria se le hace ver al consumidor que está eligiendo un aroma que ha sido seleccionado por los diseñadores de las marcas más prestigiosas.

Por ello, la sentencia considera que existe infracción de dichas marcas y condena a los demandados al cese en el uso tanto de los listados de equivalencia, como de las frases alusivas a las marcas notorias. Considera que, a pesar de que no hay riesgo de confusión, el consumidor, al contemplar el uso que hacen los demandados, efectuará un vínculo entre dicho uso y los perfumes de las marcas notorias, lo cual unido al aprovechamiento indebido de la reputación de dichas marcas que ello supone, produce como consecuencia la infracción del artículo 9.1 c) del Reglamento de la Marca Comunitaria, 207/2009. Asimismo, también se condena a los demandados por infracción del artículo 9.1. a), es decir, identidad de marcas y de productos, y por competencia desleal.



jueves, 10 de septiembre de 2015

El informe del detective como prueba en casos de subarrendamientos no consentidos

Conforme al artículo 8 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, el arrendatario de una vivienda no podrá subarrendarla, a menos que el arrendador preste su consentimiento por escrito.

Si no fuese así, si el arrendador desconociese formalmente la situación de subarriendo de su vivienda y se encontrase ante dicha circunstancia, atendiendo al artículo 27.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, ésta sería causa de resolución del contrato. Es decir, el dueño de la vivienda puede poner fin a la relación contractual existente con su inquilino, sin que éste pueda pedir indemnización por daños y perjuicios, pudiendo ser incluso el arrendador el que exigiese tal indemnización.

Ante las sospechas de subarriendo no consentido y la necesidad de obtener pruebas suficientes de la situación, acudir a una agencia de detectives puede ser la solución.

El informe de un detective privado, constatando la presencia de una tercera persona en la vivienda con la que el inquilino no presente vínculos familiares o de amistad, es una pieza clave para la resolución de este tipo de problemas.


lunes, 7 de septiembre de 2015

Investigaciones patrimoniales: Elaboración de informes patrimoniales para probar ingresos percibidos

¿Su ex-mujer o ex-marido percibe rentas procedentes de las propiedades que posee y necesita pruebas para solicitar la modificación de medidas de su divorcio? ¿Sospecha que uno de sus deudores obtiene ingresos de su patrimonio y lo oculta para evitar saldar sus deudas?

Estas necesidades y dudas similares llegan a menudo hasta las agencias de detectives privados españolas.

Como profesional cualificado, el detective privado puede elaborar un informe patrimonial que acredite las propiedades de las que es titular la persona en cuestión, tanto residenciales como locales comerciales, y contenga pruebas suficientes de su ocupación en cada caso incluyendo, en la medida de lo posible, datos relativos a los ingresos que puede estar percibiendo mensualmente, el tiempo que lleva habitado y si tal ocupación continuará en el futuro.

Las pruebas obtenidas por el detective privado, utilizadas posteriormente en sede judicial para demostrar sus sospechas, le ayudarán a conseguir finalmente sus propósitos.

Axira Detectives - Agencia de detectives privados en Madrid

martes, 1 de septiembre de 2015

Detectives privados destapan un intento de estafa a una compañía aseguradora

La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a seis meses de prisión a tres personas que intentaron estafar a una compañía aseguradora afirmando que una de ellas viajaba en un coche que sufrió un accidente de tráfico, algo que no era cierto.

Los hechos se produjeron en noviembre de 2010 cuando los acusados denunciaron en un Juzgado de Instrucción de Murcia que habían sufrido un accidente de tráfico al colisionar con otro turismo, asegurando que en el primer turismo viajaba uno de los acusados, lo que era incierto.

El intento de estafa fue abortado cuando unos detectives privados descubrieron que dicho acusado no se encontraba entre los pasajeros del citado turismo.

La sentencia indica que al inicio del juicio los tres reconocieron los hechos y se conformaron con cumplir las penas pactadas por el fiscal del caso y sus defensas.

Fuente: ABC.es